Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Abanto Y Ciérvana-abanto Zierbena. (BOE-N-2025-530635)
Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimiento Sancionador : Denuncias de tráfico.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE ABANTO Y CIÉRVANA-ABANTO ZIERBENA
Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimiento Sancionador :
Denuncias de tráfico.
ID: N2500539395

Ayuntamiento de Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena
NOTIFICACIÓN
SANCIONADOR

DE

DENUNCIA

E

INCOACIÓN

DEL

PROCEDIMIENTO

De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que
se indican, dictadas por la autoridad competente, según el Art. 15 del Real Decreto
320/1994, de 25 de febrero, Regulador del Reglamento de Procedimiento Sancionador
en materia de Tráfico, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya
que habiéndose intentado practicar la notificación individual en la forma prevista en el
Artículo 90 del Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor
y Seguridad Vial (LSV), aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre,
en la Dirección Electrónica Vial o en el domicilio que en cada caso corresponde, ésta no
ha sido posible por diversas causas.
El Instructor del expediente es el Jefe de la Policía Local, siendo el órgano
competente para la resolución el Alcalde de la corporación, en virtud del Artículo 84.4 de
la LSV.
Si usted no es el responsable de la infracción o es el arrendatario del vehículo, está
obligado a identificar al conductor, en plazo de 20 días naturales contados desde el día
siguiente al de la publicación del presente anuncio, aportando: Copia del contrato,
nombre y apellidos, DNI, y domicilio completo, advirtiéndole que, si incumple esta
obligación, será sancionado pecuniariamente con el doble del importe de la infracción
originaria que la motivó (infracción leve) o el triple (infracción grave o muy grave) en los
términos del art. 80.2.b) LSV. Del mismo modo responderá el titular o arrendador del
vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél identifique,
por causa imputable a dicho titular o arrendador.
2.- CONFORMIDAD Y PAGO: Con una reducción del 50% siempre que se efectúe
durante los 20 días naturales siguientes al de esta publicación. Ello implicará la renuncia
a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar
resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contencioso
administrativo en 2 meses contados desde el día siguiente al del pago.
FORMA DE PAGO: Podrá abonar la multa indicando como concepto Nº de
Expediente, DNI/CIF y matrícula del vehículo:
1. En cualquier sucursal de Kutxabank, mediante abono en la cuenta que el
Ayuntamiento tiene habilitada al efecto:

cve: BOE-N-2025-2986a813b8c4155e12fc53bcd3ba6170afd3c140
Verificable en https://www.boe.es

1.- IDENTIFICACIÓN DEL CONDUCTOR O ARRENDATARIO: