Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Montcada I Reixac. (BOE-N-2025-530581)
Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento sancionador de la vía pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Supl. N. Pág. 2

SEGUNDO.- Nombrar instructor del expediente a José Manuel Martín Delgado y
disponer que el instructor lleve a cabo e impulse todas las actuaciones de su
competencia que señalan. Las personas interesadas podrán promover la recusación, por
escrito, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, de acuerdo con el que
dispone el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector
público.
TERCERO.- Indicarle el derecho que tiene a formular las alegaciones y
consideraciones que estime oportunas, a proponer las pruebas de las cuales se intente
valer para la defensa de sus derechos y/o intereses, y a la audiencia en el procedimiento
durante el plazo de quince (15) días a partir del siguiente al de la recepción de la
notificación de esta resolución de iniciación de expediente. En caso de no presentar
ninguna alegación ni consideración en el dicho plazo de quince días, esta iniciación de
expediente se considerará propuesta de resolución. En este caso, dispondrá, de acuerdo
con lo que establece el artículo 89.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de un nuevo
plazo de diez días, siguientes a finales del plazo de quince días iniciales, para formular
alegaciones y presentar los documentos y las informaciones que se consideren
pertinentes.
CUARTO.- La persona presuntamente responsable de los hechos denunciados
podrá reconocer voluntariamente su responsabilidad, lo cual supondrá la aplicación del
artículo 85 de la Ley 39/2015, con la reducción automática del 30% de la sanción
correspondiente según el arte. 82 de la Ordenanza. El pago voluntario por el presunto
responsable, en cualquier momento anterior a la resolución, implica la finalización del
procedimiento y una reducción adicional del 20% sobre el importe de la sanción
propuesta. El pago de la sanción con reducción implica la dejación o renuncia de
cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción impuesta.
Se adjunta la carta de pago con la reducción acumulada del 50% válida por 10 días a
contar a partir de la notificación de este acuerdo.
Una vez transcurrida el plazo de 10 días, todavía puede disfrutar del 20% de
reducción si efectúa el pago antes de la resolución, solicitando la liquidación vía instancia
en la sede electrónica o presencialmente a la Oficina de atención al ciudadano.
QUINTO.- Comunicar este Decreto al instructor del expediente y notificarlo a las
personas interesadas.”

cve: BOE-N-2025-7238fa8dbc3e070427d1c4bf166a175df67949b1
Verificable en https://www.boe.es

Montcada i Reixac, 23 de julio de 2025.- L'alcaldessa accidental, Nani López Sola

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X