Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Ontinyent. (BOE-N-2025-531390)
Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento obras sin licencia en polígono 30 parcela 21.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 29 de julio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE ONTINYENT
Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento obras sin licencia en
polígono 30 parcela 21.
ID: N2500536729
EDICTO
De conformidad con el cual dispone el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace público,
mediante su inserción al BOE, la notificación que a continuación se transcribe, de la cual
se han omitido los datos de carácter personal, y que se ha intentado efectuar a Alfredo
Javier Gramage Micó en el domicilio que consta al expediente y no se ha podido
efectuar:
"Visto el Decreto de Alcaldía número 2173/2020, de 17 de agosto, por el cual se
iniciaba procedimiento para la ejecución forzosa de la orden de demolición dictada por
Decreto de Alcaldía número 1740/2009, de 21 de julio, sobre las obras ilegalmente
ejecutadas en la parcela 21 (vivienda 1) del polígono 30 por Miguel Gramage Francés y
Rosario Sarrió Micó, imponiéndose una primera multa coercitiva por el incumplimiento de
aquella orden de demolición.
Dado que en el apartado tercero del Decreto se indicaba a los interesados que:
“Reiterar a los herederos de Miguel Gramage Francés y Rosario Sarrió Micó la
obligación que tienen de restaurar la legalidad urbanística por las obras ilegalmente
ejecutadas, advirtiéndolos que, mientras esta Administración no constato el cumplimiento
de la orden de demolición, continuará con la imposición de multas coercitivas con
carácter semestral y hasta un máximo de 10 multas, y avisarlos que al transcurrir el plazo
de cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta, la
Administración estará obligada a ejecutar subsidiariamente la orden, a cargo del
interesado”.
Dado que por decreto número 3709/2023, de 27 de noviembre, se impuso una cuarta
multa coercitiva.
Atendida la diligencia de fecha 3 de julio de 2025 incorporada al expediente y en la
cual se deja constancia que, a estas alturas, no consta al expediente administrativo el
cumplimiento de la orden de demolición de las obras.
Vistas las anteriores consideraciones, esta Alcaldía en uso de las facultades
otorgadas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVE:
Primero. Imponer a los herederos de Miguel Gramage Francés y Rosario Sarrió Micó
una quinta multa coercitiva por importe de 600 euros, por el incumplimiento de la orden
de restauración dictada mediante Decreto de Alcaldía número 1740/2009, de 21 de julio,
respecto a las obras ilegalmente ejecutadas de construcción de vivienda en la parcela 21
(vivienda 1) del polígono 30.
cve: BOE-N-2025-bd06239277772e7b2a1e46dd92457b9ae90fed8e
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE ONTINYENT
Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento obras sin licencia en
polígono 30 parcela 21.
ID: N2500536729
EDICTO
De conformidad con el cual dispone el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace público,
mediante su inserción al BOE, la notificación que a continuación se transcribe, de la cual
se han omitido los datos de carácter personal, y que se ha intentado efectuar a Alfredo
Javier Gramage Micó en el domicilio que consta al expediente y no se ha podido
efectuar:
"Visto el Decreto de Alcaldía número 2173/2020, de 17 de agosto, por el cual se
iniciaba procedimiento para la ejecución forzosa de la orden de demolición dictada por
Decreto de Alcaldía número 1740/2009, de 21 de julio, sobre las obras ilegalmente
ejecutadas en la parcela 21 (vivienda 1) del polígono 30 por Miguel Gramage Francés y
Rosario Sarrió Micó, imponiéndose una primera multa coercitiva por el incumplimiento de
aquella orden de demolición.
Dado que en el apartado tercero del Decreto se indicaba a los interesados que:
“Reiterar a los herederos de Miguel Gramage Francés y Rosario Sarrió Micó la
obligación que tienen de restaurar la legalidad urbanística por las obras ilegalmente
ejecutadas, advirtiéndolos que, mientras esta Administración no constato el cumplimiento
de la orden de demolición, continuará con la imposición de multas coercitivas con
carácter semestral y hasta un máximo de 10 multas, y avisarlos que al transcurrir el plazo
de cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta, la
Administración estará obligada a ejecutar subsidiariamente la orden, a cargo del
interesado”.
Dado que por decreto número 3709/2023, de 27 de noviembre, se impuso una cuarta
multa coercitiva.
Atendida la diligencia de fecha 3 de julio de 2025 incorporada al expediente y en la
cual se deja constancia que, a estas alturas, no consta al expediente administrativo el
cumplimiento de la orden de demolición de las obras.
Vistas las anteriores consideraciones, esta Alcaldía en uso de las facultades
otorgadas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVE:
Primero. Imponer a los herederos de Miguel Gramage Francés y Rosario Sarrió Micó
una quinta multa coercitiva por importe de 600 euros, por el incumplimiento de la orden
de restauración dictada mediante Decreto de Alcaldía número 1740/2009, de 21 de julio,
respecto a las obras ilegalmente ejecutadas de construcción de vivienda en la parcela 21
(vivienda 1) del polígono 30.
cve: BOE-N-2025-bd06239277772e7b2a1e46dd92457b9ae90fed8e
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181