Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Villalbilla. (BOE-N-2025-531037)
Anuncio de notificación de 22 de julio de 2025 en procedimiento sancionador nº 5747/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA
Anuncio de notificación de 22 de julio de 2025 en procedimiento sancionador nº
5747/2024.
ID: N2500533338

De conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, intentada sin
efecto la notificación del acto que se indica por causas no imputables a la
Administración, se publica el presente anuncio en el Tablón Edictal Único del Boletín
Oficial del Estado. Se le comunica que tanto la notificación como el expediente se
encuentra a su disposición en Plaza Mayor nº 2.
Igualmente podrá acceder a través de la Sede Electrónica de esta entidad a través
de https://aytovillalbilla.sedelectronica.es o a través del Punto de Acceso General https://
sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm.
Procedimiento: Sancionador nº 5747/2024.
Acto a notificar: Resolución procedimiento sancionador con sanción con multa de
1.500 €.
Contra esta resolución puede interponer recurso de reposición ante el AlcaldePresidente del Ayuntamiento, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes
a contar desde la presente publicación. Si transcurriere un mes desde la interposición del
recurso de reposición sin haberse resuelto éste, podrá considerar el mismo desestimado
e interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de los seis meses siguientes,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o en su caso y a su
elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio. Contra la resolución
expresa del recurso de reposición puede también interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la
presente publicación, ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, en
su caso y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio, o
cualquier otro recurso que estime procedente o conveniente.
PLAZOS PARA EL PAGO DE LA SANCIÓN EN LA CUENTA BANCARIA ES64 2100
6229 1913 0019 3204:
Las publicaciones entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 20 del mes
siguiente o inmediato hábil posterior.
Las publicaciones entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 5 del segundo
mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Las deudas no satisfechas en los períodos indicados se exigirán por vía de apremio,
con un recargo ejecutivo del 5% para ingresos efectuados antes de la notificación de la
providencia de apremio, del 10% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no
ingresada en período voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo
previsto en el artículo 62.5 LGT (recargo de apremio reducido), y del 20% cuando no

cve: BOE-N-2025-38d427f36d76286d4428ab705f5cd1642bfca169
Verificable en https://www.boe.es

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