Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Vinaròs. (BOE-N-2025-530679)
Anuncio de notificación de 18 de julio de 2025 en procedimiento Orden de Ejecución (Exp. 3490/2025).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 29 de julio de 2025
Supl. N. Pág. 2
o que se encuentren en el entorno de edificios o elementos con niveles de protección, 1,
2 y 3.
3. Las intervenciones sobre este tipo de edificios, ya se trate de remodelaciones,
sustituciones o edificación de nueva planta, deberán ser objeto de informe favorable
previo por parte de la Comisión de Patrimonio Municipal, en aras al cumplimiento de lo
establecido en el punto 1.”
TERCERO. Que la fachada en mal estado, y se observan las siguientes deficiencias:
Marquesina (elemento voladizo sobre planta baja): Se observa el desprendimiento
del material de revestimiento en el borde y la cara inferior de la marquesina. Esta pérdida
de material deja al descubierto la estructura interior, la cual presenta signos evidentes de
corrosión (hierro/acero oxidado)
Pérdida generalizada del acabado de pintura, especialmente notable en la planta
superior del edificio. Existen manchas de humedad y posible crecimiento de moho o
algas en el lateral derecho de la fachada. Estos daños son consistentes con problemas
de escorrentía de agua, probablemente ocasionados por un mal funcionamiento o
deterioro de la bajante de pluviales en ese punto
Deterioro general de la fachada, presenta un aspecto descuidado que afecta
negativamente al ornato público. El desprendimiento de material, especialmente de la
marquesina debido a la corrosión de su estructura, supone un riesgo potencial para la
seguridad de los viandantes por la caída de cascotes a la vía pública
CUARTO. Que las obras de reparación y conservación necesarias para dar
cumplimiento a la normativa aplicable, son las siguientes:
Inspección técnica de edificio de viviendas de más de 50 años IEEV-CV, realizado
por técnico competente, que analice al detalle las deficiencias del inmueble, así como las
intervenciones necesarias para su reparación, memoria técnica y dirección de los
trabajos de reparación. De todas formas, en la inspección previa realizada por el
ayuntamiento se observan las siguientes a realizar. a realizar, incluida en los puntos
siguientes:
Limpieza e impermeabilización de la cubierta de 87 m² aproximadamente, en vista a
los desprendimientos de revestimiento de fachada por humedades el la última planta, y
la embocadura de la bajante.
Sustitución de la bajante completa de fachada.
Retirada de aparato de aire acondicionado de fachada como elemento impropio de
incumple el artículo 5.58 del PGOU.
Demolición de la marquesina de fachada, con estructura corroída, e importantes
desprendimientos, que requerirían una reparación costosa, que supera el simple
mantenimiento, y siendo un elemento impropio de fachada incumpliendo el artículo 5.60
del PGOU debe ser retirada.
Instalación de canaleta para la ocultación de tendidos eléctricos y de comunicaciones
en atención al artículo 5.58 del PGOU.
Pintura de la fachada completa.
Pintura de las ventanas de madera.
QUINTO. Que la valoración del presupuesto de contrata de estas actuaciones se
estima, con carácter provisional y sin perjuicio de la liquidación definitiva, en 7.660,27
euros, y se desglosa de la siguiente forma:
1. Inspección técnica de edificio IEEV-CV, y su registro en la Generalitat: 700’00 €
cve: BOE-N-2025-69e88b73a55c22736d9ac13342de25b3829cb99d
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
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o que se encuentren en el entorno de edificios o elementos con niveles de protección, 1,
2 y 3.
3. Las intervenciones sobre este tipo de edificios, ya se trate de remodelaciones,
sustituciones o edificación de nueva planta, deberán ser objeto de informe favorable
previo por parte de la Comisión de Patrimonio Municipal, en aras al cumplimiento de lo
establecido en el punto 1.”
TERCERO. Que la fachada en mal estado, y se observan las siguientes deficiencias:
Marquesina (elemento voladizo sobre planta baja): Se observa el desprendimiento
del material de revestimiento en el borde y la cara inferior de la marquesina. Esta pérdida
de material deja al descubierto la estructura interior, la cual presenta signos evidentes de
corrosión (hierro/acero oxidado)
Pérdida generalizada del acabado de pintura, especialmente notable en la planta
superior del edificio. Existen manchas de humedad y posible crecimiento de moho o
algas en el lateral derecho de la fachada. Estos daños son consistentes con problemas
de escorrentía de agua, probablemente ocasionados por un mal funcionamiento o
deterioro de la bajante de pluviales en ese punto
Deterioro general de la fachada, presenta un aspecto descuidado que afecta
negativamente al ornato público. El desprendimiento de material, especialmente de la
marquesina debido a la corrosión de su estructura, supone un riesgo potencial para la
seguridad de los viandantes por la caída de cascotes a la vía pública
CUARTO. Que las obras de reparación y conservación necesarias para dar
cumplimiento a la normativa aplicable, son las siguientes:
Inspección técnica de edificio de viviendas de más de 50 años IEEV-CV, realizado
por técnico competente, que analice al detalle las deficiencias del inmueble, así como las
intervenciones necesarias para su reparación, memoria técnica y dirección de los
trabajos de reparación. De todas formas, en la inspección previa realizada por el
ayuntamiento se observan las siguientes a realizar. a realizar, incluida en los puntos
siguientes:
Limpieza e impermeabilización de la cubierta de 87 m² aproximadamente, en vista a
los desprendimientos de revestimiento de fachada por humedades el la última planta, y
la embocadura de la bajante.
Sustitución de la bajante completa de fachada.
Retirada de aparato de aire acondicionado de fachada como elemento impropio de
incumple el artículo 5.58 del PGOU.
Demolición de la marquesina de fachada, con estructura corroída, e importantes
desprendimientos, que requerirían una reparación costosa, que supera el simple
mantenimiento, y siendo un elemento impropio de fachada incumpliendo el artículo 5.60
del PGOU debe ser retirada.
Instalación de canaleta para la ocultación de tendidos eléctricos y de comunicaciones
en atención al artículo 5.58 del PGOU.
Pintura de la fachada completa.
Pintura de las ventanas de madera.
QUINTO. Que la valoración del presupuesto de contrata de estas actuaciones se
estima, con carácter provisional y sin perjuicio de la liquidación definitiva, en 7.660,27
euros, y se desglosa de la siguiente forma:
1. Inspección técnica de edificio IEEV-CV, y su registro en la Generalitat: 700’00 €
cve: BOE-N-2025-69e88b73a55c22736d9ac13342de25b3829cb99d
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181