Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Valencia. (BOE-N-2025-461452)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE OLIVA. Anuncio de notificación de 23 de junio de 2025 en procedimiento Agrupación y base gráfica catastral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

RUSTICA: Media hanegada, equivalente a cuatro áreas, quince centiáreas, de tierra
secana, sita en término de Oliva, partida de Rapdells. Linda: Levante, tierras de Antonio
Pellicer Malonda; Poniente, las de Domingo Sempere Parra; Norte, las del mismo
Domingo Sempere Parra; y Sur, las de la viuda de Francisco Climent.
DESCRIPCIÓN DE LA FINCA RESULTANTE DE LA AGRUPACIÓN SEGÚN
CATASTRO QUE SE PRETENDE HACER CONSTAR:
RÚSTICA: Tierra sita en Oliva, partida Rabdells o Gorchs, de mil ochenta y ocho
metros cuadrados. Linda: Norte, parcelas 1540 y 1541; Sur, parcela 1538 y 1598; Este,
parcela 822 camino en medio; y Oeste, parcela 925. Constituye la parcela 924 del
polígono 9. REFERENCIA CATASTRAL: 46183A009009240000HA.
Conforme al mismo precepto legal, se podrá comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la publicación de la notificación en el Boletín Oficial del Estado, ante el
Registrador, para alegar lo que convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, en
su caso, el Registrador decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la
mera oposición de quien no haya acreditado ser titular registral de la finca o de
cualquiera de las registrales colindantes determine necesariamente la denegación de la
inscripción.
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
También se pueden remitir las alegaciones por escrito con firma legitimada, o con
firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que se
actúe.
Todo ello, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de OLIVA (Valencia)
Paseo Alcalde Juan Sancho, 2-entresuelo B
46780-Oliva (Valencia)
Observaciones: Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38
de la misma Ley, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y
delimitación geográfica expresadas en la información gráfica que se haya incorporada al
folio real.
cve: BOE-N-2025-274fe546873f2bf33e13a2e90b2e32b86cf8785a
Verificable en https://www.boe.es

Oliva, 23 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Bernardo Felipe Ariño

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X