Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Alicante. (BOE-N-2025-460800)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALMORADI. Anuncio de notificación de 23 de junio de 2025 en procedimiento a.1615/2025, exped.art. 199 LH.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
ALICANTE
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALMORADI. Anuncio de notificación de 23 de junio
de 2025 en procedimiento a.1615/2025, exped.art. 199 LH.
ID: N2500464053
a.1615/2025, exped.art. 199 LH, agrupación, exceso cabida y compra
NOTIFICACIÓN COMO COLINDANTE DE UNA FINCA EN LA QUE SE HA
SOLICITADO LA INSCRIPCIÓN DE UN EXCESO/DEFECTO Y/O UNA
REPRESENTACIÓN GRÁFICA
Se notifica al titular de la finca con referencia catastral 03113A008001220000XG
Información del Expediente del art. 199 de la LH
Finca registral: 5520 DE ROJALES, con CRU: 03057000652477
Asiento de Presentación: 1615 del Diario 2025
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica:
1.- Que se ha iniciado el procedimiento de inscripción gráfica y coordinación con el
Catastro regulado en dicho artículo 199 de la Ley Hipotecaria así como en los artículos 9
y 10 de la misma, en relación con la finca cuyos datos y titular se indican más adelante.
2.- Que de los archivos del Registro figura usted cómo/colindante catastral/ titular del
dominio público colindante/ titular de la finca registral /que es colindante con la
anteriormente citada.
3.- Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela colindante, lo cual llevará
consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de dicha
finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral. Estas coordenadas serán
las que resulten de Catastro, o de nueva medición topográfica alternativa a la catastral,
en el caso de que las
catastrales no se ajusten a la realidad física de la parcela.
4.- Pero lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción gráfica y
rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o rectificación de
los datos descriptivos que consten en la inscripción de su finca en el Registro, ni de la
delimitación gráfica y superficie de su parcela catastral.
cve: BOE-N-2025-8d7d3a3b49b9a87afb73c46f63d29b683699b1b3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
ALICANTE
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALMORADI. Anuncio de notificación de 23 de junio
de 2025 en procedimiento a.1615/2025, exped.art. 199 LH.
ID: N2500464053
a.1615/2025, exped.art. 199 LH, agrupación, exceso cabida y compra
NOTIFICACIÓN COMO COLINDANTE DE UNA FINCA EN LA QUE SE HA
SOLICITADO LA INSCRIPCIÓN DE UN EXCESO/DEFECTO Y/O UNA
REPRESENTACIÓN GRÁFICA
Se notifica al titular de la finca con referencia catastral 03113A008001220000XG
Información del Expediente del art. 199 de la LH
Finca registral: 5520 DE ROJALES, con CRU: 03057000652477
Asiento de Presentación: 1615 del Diario 2025
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica:
1.- Que se ha iniciado el procedimiento de inscripción gráfica y coordinación con el
Catastro regulado en dicho artículo 199 de la Ley Hipotecaria así como en los artículos 9
y 10 de la misma, en relación con la finca cuyos datos y titular se indican más adelante.
2.- Que de los archivos del Registro figura usted cómo/colindante catastral/ titular del
dominio público colindante/ titular de la finca registral /que es colindante con la
anteriormente citada.
3.- Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela colindante, lo cual llevará
consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de dicha
finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral. Estas coordenadas serán
las que resulten de Catastro, o de nueva medición topográfica alternativa a la catastral,
en el caso de que las
catastrales no se ajusten a la realidad física de la parcela.
4.- Pero lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción gráfica y
rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o rectificación de
los datos descriptivos que consten en la inscripción de su finca en el Registro, ni de la
delimitación gráfica y superficie de su parcela catastral.
cve: BOE-N-2025-8d7d3a3b49b9a87afb73c46f63d29b683699b1b3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153