Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De San Cristóbal De La Laguna. (BOE-N-2025-460459)
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE LA LAGUNA. Anuncio de notificación de 23 de junio de 2025 en procedimiento Protección de la Legalidad Urbanística (Exp. 2019000561).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE LA LAGUNA. Anuncio de notificación de
23 de junio de 2025 en procedimiento Protección de la Legalidad Urbanística (Exp.
2019000561).
ID: N2500464310
Por la presente y a los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y no
habiéndose podido notificar a D. JUAN ANTONIO FIGUEROA ACOSTA con DNI
XXXXX018Z por ausencias en el reparto, se procede a continuación a transcribir extracto
de la Resolución nº 2025-1371 de fecha 11 de marzo de 2025, recaída en el
procedimiento nº 2019000561. El Consejero Director resuelve:
Primero.- Revocar la resolución 505/2020 de 7 de febrero de 2020 y con ello anular
la multa impuesta por importe de 100€, por lo expuesto en los antecedentes y
fundamento jurídico tercero.
Segundo.- Advertir al interesado que en virtud de lo dispuesto en el artículo 368.1 de
la LSENPC, la falta de cumplimiento voluntario por el interesado de la obligación de
restablecimiento, de la resolución nº 2895/2019 de 27 de junio, en el plazo de 15 días a
contar desde la notificación de la presente, dará lugar a la imposición por la
Administración de hasta diez (10) multas coercitivas por cuantía de 600 a 3.000 euros
cada una de ellas, que se podrán imponer, mensualmente, con independencia de las que
correspondan con ocasión del expediente sancionador. Transcurrido el plazo de
cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta, la
Administración procederá a la ejecución forzosa a costa del interesado.
Contra este acto que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente de su notificación.
San Cristóbal de La Laguna, 23 de junio de 2025.- Consejero Director. ADOLFO
CORDOBES SANCHEZ
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-9425d2d6cc8197c3cfb7ad94a0ab13f8341194cc
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.- Notificar la presente resolución al interesado y dar traslado de la misma al
Servicio de Gestión Financiera, Presupuestaria y Tesorería.
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE LA LAGUNA. Anuncio de notificación de
23 de junio de 2025 en procedimiento Protección de la Legalidad Urbanística (Exp.
2019000561).
ID: N2500464310
Por la presente y a los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y no
habiéndose podido notificar a D. JUAN ANTONIO FIGUEROA ACOSTA con DNI
XXXXX018Z por ausencias en el reparto, se procede a continuación a transcribir extracto
de la Resolución nº 2025-1371 de fecha 11 de marzo de 2025, recaída en el
procedimiento nº 2019000561. El Consejero Director resuelve:
Primero.- Revocar la resolución 505/2020 de 7 de febrero de 2020 y con ello anular
la multa impuesta por importe de 100€, por lo expuesto en los antecedentes y
fundamento jurídico tercero.
Segundo.- Advertir al interesado que en virtud de lo dispuesto en el artículo 368.1 de
la LSENPC, la falta de cumplimiento voluntario por el interesado de la obligación de
restablecimiento, de la resolución nº 2895/2019 de 27 de junio, en el plazo de 15 días a
contar desde la notificación de la presente, dará lugar a la imposición por la
Administración de hasta diez (10) multas coercitivas por cuantía de 600 a 3.000 euros
cada una de ellas, que se podrán imponer, mensualmente, con independencia de las que
correspondan con ocasión del expediente sancionador. Transcurrido el plazo de
cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta, la
Administración procederá a la ejecución forzosa a costa del interesado.
Contra este acto que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente de su notificación.
San Cristóbal de La Laguna, 23 de junio de 2025.- Consejero Director. ADOLFO
CORDOBES SANCHEZ
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-9425d2d6cc8197c3cfb7ad94a0ab13f8341194cc
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.- Notificar la presente resolución al interesado y dar traslado de la misma al
Servicio de Gestión Financiera, Presupuestaria y Tesorería.