Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Andalucía. Consejería De Justicia, Administración Local Y Función Pública. (BOE-N-2025-459556)
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y FUNCIÓN PÚBLICA EN JAÉN. Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimientos de Asistencia Jurídica Gratuita.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 4

hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación; o bien a través de
la aplicación Presentación Electrónica General cuyo enlace es:
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG.
Entendiendo, caso de que la documentación no sea remitida en el indicado plazo,
que desiste de su petición, procedimiento al archivo de la solicitud, de conformidad con
lo establecido en el art. 33 de la citada Ley 1/1996, de 10 de enero de Asistencia Jurídica
Gratuita.
· Notificación a los interesados, indicados en la siguiente tabla, del reconocimiento
solamente de la defensa en juicio prevista en el art. 2.d de la Ley 1/1996, de 10 de
enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, para trabajadores y beneficiarios del sistema de la
Seguridad Social.
EXPTE.

N.I.E.

INTERESADOS/AS

00060/25 07202406976 77370297E

POBLACION
TORREDONJIMENO (JAEN)

Se pone en conocimiento de los interesados que contra los mencionados acuerdos
pueden formular impugnación ante la Secretaría de la Comisión de Asistencia Jurídica
Gratuita, a través del Registro de Documentos que está en calle Arquitecto Berges, nº 7,
23007 de Jaén, conforme a lo establecido en el art. 20 de la Ley 1/1996, de 10 de enero,
en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la presente
publicación; o bien a través de la aplicación Presentación Electrónica General cuyo
enlace es:
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG.
· Notificación a los interesados, indicados en la siguiente tabla, de la desestimación
de asistencia jurídica gratuita, en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley 1/1996
de Asistencia Jurídica Gratuita, de 10 de enero:
EXPTE.

N.I.E.

INTERESADOS/AS POBLACION

06046/24 07202407507 Y0456841Y

JAEN

Sólo podrá IMPUGNARSE esta Resolución por motivos formales, limitados a
examinar si el procedimiento seguido se ajusta a la legalidad. Tal impugnación, para la
que no será preceptiva la intervención de letrado, habrá de realizarse por escrito y de
forma motivada en el plazo de 10 días contados desde el día siguiente de la presente
publicación o desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para
interponerla, ante el Secretario de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
enero, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la presente
publicación; o bien a través de la aplicación Presentación Electrónica General cuyo
enlace es:
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG.
Jaén, 20 de junio de 2025.- Francisco Javier Carazo Carazo, Delegado Territorial de
Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía en Jaén.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-2f4630f1b3e586619355961577a25d69ce1e69b2
Verificable en https://www.boe.es

Se pone en conocimiento de los interesados que los anteriores acuerdos no podrán
ser impugnados por motivos de fondo, de acuerdo con la reiterada jurisprudencia del
Tribunal Constitucional (entre otras ST 12/1998) y Tribunal Supremo (Sentencia
15/11/2011, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 6ª), sin perjuicio de que Vd.
pueda ejecutar su defensa en el citado asunto con profesionales de libre designación.