Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Muskiz. (BOE-N-2025-459870)
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación
de la incoación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el
Ayuntamiento de Muskiz, a las personas o entidades que a continuación se relacionan,
ya que habiéndose intentado la notificación en su domicilio, ésta no ha podido ser
practicada.
Transcurrido el período de veinte días naturales desde que el edicto se hubiese
publicado en el BOE, se entenderá que la notificación ha sido practicada, dándose por
cumplido el trámite.
En el plazo de veinte días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia,
podrá formular alegaciones ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Muskiz, órgano
competente para la resolución del procedimiento (artículo 84.4 del RDLeg 6/2015 de 30
de octubre), o abonar la multa correspondiente con la reducción del 50% del importe
(excepto infracciones a los artículos 77 h),j), n), ñ), o), p), q) y r) del RDLeg 6/2015).
En el caso de infracciones leves o infracciones graves que no conlleven detracción
de puntos, si el denunciado no presenta alegaciones ni abona el importe de la multa en
los plazos señalados, la notificación de la denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio
del procedimiento sancionador, y la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días
naturales desde la notificación (artículo 95.4 RDLeg 6/2015).
En aquellos supuestos en que el titular del vehículo no fuera el conductor/a
responsable de la infracción denunciada, está obligado a identificar al conductor en el
plazo de 20 días naturales, aportando los datos personales del mismo, incluido su
número de permiso de conducción (art. 11 del RDLeg 6/2015). El incumplimiento del
deber de identificar se sanciona como falta muy grave con una multa del doble de la
prevista para la infracción originaria si ésta es leve y del triple si es grave o muy grave
(art. 77.j) y 80.2b) del RDLeg 6/2015).

El pago voluntario dentro del plazo de 20 días contados a partir del siguiente a la
publicación en el BOE del presente anuncio implicará una reducción del 50% en la
cuantía de la multa que en cada caso se señale, y se realizará a través de los siguientes
medios:
Solicitando la carta de pago, en las siguientes entidades bancarias: Kutxabank, La
Caixa, Caja Laboral Popular.
Resto, a través de la web www.euskadi.eus -> Trámites Online -> Pagos Online
(CPR: 9052180).
Puede información adicional llamando al teléfono del Servicio de Atención al
Ciudadano 942 093 123 en horario continuo de lunes a viernes de 08:30 a 17:30 h. En el
supuesto de que la infracción implique detracción de puntos, una vez firme la sanción se
comunicará al Registro de Conductores e Infractores a los efectos de que sea anotada la
detracción de puntos correspondiente (artículo 69 y siguientes del RDL 6/2015)
Este expediente caduca al año de su iniciación, salvo que concurran causas de
suspensión (artículo 112 del R.D.L. 6/2015).

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-76317e2c68345f2791a997a7d221db64417d37d5
Verificable en https://www.boe.es

Advertir expresamente, que de acuerdo con las prescripciones establecidas en la Ley
39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, en caso de ostentar la cualidad de
Persona Jurídica, Entidad sin personalidad jurídica o representa a alguno de los
anteriores, resulta obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, y de
este modo, las actuaciones anteriores, deberá efectuarlas necesaria y obligatoriamente
mediante su presentación a través de la sede electrónica de esta administración.