Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Miramar. (BOE-N-2025-460596)
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE MIRAMAR
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores en
materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
ID: N2500465730

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 (según redacción establecida
por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras
medidas de reforma administrativa) y 40 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace
pública notificación de las sanciones que les han sido impuestas por este Ilmo.
Ayuntamiento de Miramar en materia de Tráfico y Seguridad Vial a las personas abajo
referenciadas, ya que habiéndose intentado notificar individualmente en su último
domicilio conocido o en la Dirección Electrónica indicada, ésta no se ha podido practicar.
Se Informa a los interesados de que la presente resolución sancionadora agota la vía
administrativa, pudiéndose interponer, con carácter potestativo recurso de reposición
ante el mismo órgano que la dictó, siendo ésta la Alcaldía del Ilmo. Ayuntamiento de
Miramar, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de la
presente notificación. El escrito de interposición será presentado remitido al Ilmo.
Ayuntamiento de Miramar o a cualquiera de los registros u oficinas a que hace referencia
el artículo 16 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, indicando el número de
referencia del expediente y la matrícula del vehículo. El plazo establecido para dictar y
notificar la resolución del recurso será de un mes. Transcurrido dicho plazo sin que la
misma haya recaído, podrá entenderse desestimado, por lo que, con independencia de
la obligación de resolver, quedará expedita la vía jurisdiccional ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo. En el supuesto de no formularse dicho recurso potestativo,
el plazo para interponer directamente el recurso contencioso-administrativo será de DOS
MESES a contar desde la recepción de esta resolución. Asimismo los interesados
podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente. El importe
de la multa deberá hacerse efectivo en el plazo de UN MES, contado a partir del
siguiente al de la práctica de la notificación. El pago se podrá realizar mediante ingreso o
transferencia a la cuenta de titularidad municipal ES60 3058 2122 5327 3200 0043 de
CAJAMAR, indicando en el concepto número de expediente y/o matrícula o
presencialmente mediante tarjeta bancaria en el Ayuntamiento de Miramar en horario de
Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 h. Puede información adicional llamando al teléfono
del Servicio de Atención al Ciudadano 942 093 123 en horario continuo de lunes a
viernes de 07:30 a 18:00 h. Una vez firme la sanción en vía administrativa se detraerá
del permiso o licencia de
Miramar, 24 de junio de 2025.- La Alcaldesa- Presidenta, Pilar Peiró Miñana.

cve: BOE-N-2025-409c4ebe80692eb81e5d80b7b220d3c5e7dfdd74
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Núm. 153