Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Casarrubuelos. (BOE-N-2025-460166)
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE CASARRUBUELOS
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de tráfico, circulación y seguridad vial.
ID: N2500466434
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
relación con lo igualmente establecido en esta materia por los artículos 90 y siguientes
del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
(LTSV) se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que
se indican, dictadas por la autoridad competente según el art. 15 del Real Decreto
320/94 de 25 de febrero Regulador del Reglamento de Procedimiento Sancionador en
materia de Tráfico, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que
habiéndose intentado en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Habiendo transcurrido el plazo preceptivo de veinte días naturales que se le otorgó para
que notificara los datos del conductor del vehículo en el momento de comisión de la
infracción de tráfico cometida, se ha modificado la calificación de la infracción que dio
lugar a la apertura de aquel procedimiento sancionador. Con la presente notificación, se
inicia el procedimiento sancionador previsto en el artículo 11 RDL 6/2015, de 30 de
octubre, toda vez que dicho artículo dispone que el titular del vehículo tiene el deber de
identificar verazmente al conductor denunciado en el trámite procedimental oportuno y el
incumplimiento de dicho deber será sancionado como falta muy grave (artículo 77.j RDL
6/2015, de 30 de octubre), con multa doble de la prevista para la infracción que la motivó
si ésta fuera “leve”, o triple de aquella si fuera grave o muy grave (artículo 80.2 b RDL
6/2015, de 30 de octubre), siendo el órgano competente para su resolución la AlcaldíaPresidencia, según el artículo 84.4 RDL 6/2015, de 30 de octubre). En caso de
disconformidad con la denuncia, puede presentar alegaciones o proposición de prueba
ante el órgano instructor, en el plazo de 20 días naturales, citando siempre el número de
expediente (artículo 95.1 RDL 6/2015, de 30 de octubre). De no efectuar alegaciones en
el plazo indicado, ni realizar el abono de la denuncia, ésta surtirá el efecto de acto
resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto la sanción podrá ejecutarse
transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia (artículo 95.5
RDL 6/2015, de 30 de octubre). A esta infracción no le es de aplicación el procedimiento
abreviado, conforme dispone el artículo 93.2 RDL 6/2015, de 30 de octubre, por lo que
multa no tiene reducción del 50%. El pago se podrá realizar mediante ingreso a cuenta o
transferencia bancaria en el número de cuenta ES22 2100 5766 1702 0005 5236 de
CAIXABANK indicando número de expediente y matrícula del vehículo.
Casarrubuelos, 24 de junio de 2025.- El Alcalde, Don Vicente José Astillero
Ballesteros.
cve: BOE-N-2025-28865c77259f505ef5525b9826776631b3f2b657
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE CASARRUBUELOS
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de tráfico, circulación y seguridad vial.
ID: N2500466434
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
relación con lo igualmente establecido en esta materia por los artículos 90 y siguientes
del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
(LTSV) se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que
se indican, dictadas por la autoridad competente según el art. 15 del Real Decreto
320/94 de 25 de febrero Regulador del Reglamento de Procedimiento Sancionador en
materia de Tráfico, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que
habiéndose intentado en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Habiendo transcurrido el plazo preceptivo de veinte días naturales que se le otorgó para
que notificara los datos del conductor del vehículo en el momento de comisión de la
infracción de tráfico cometida, se ha modificado la calificación de la infracción que dio
lugar a la apertura de aquel procedimiento sancionador. Con la presente notificación, se
inicia el procedimiento sancionador previsto en el artículo 11 RDL 6/2015, de 30 de
octubre, toda vez que dicho artículo dispone que el titular del vehículo tiene el deber de
identificar verazmente al conductor denunciado en el trámite procedimental oportuno y el
incumplimiento de dicho deber será sancionado como falta muy grave (artículo 77.j RDL
6/2015, de 30 de octubre), con multa doble de la prevista para la infracción que la motivó
si ésta fuera “leve”, o triple de aquella si fuera grave o muy grave (artículo 80.2 b RDL
6/2015, de 30 de octubre), siendo el órgano competente para su resolución la AlcaldíaPresidencia, según el artículo 84.4 RDL 6/2015, de 30 de octubre). En caso de
disconformidad con la denuncia, puede presentar alegaciones o proposición de prueba
ante el órgano instructor, en el plazo de 20 días naturales, citando siempre el número de
expediente (artículo 95.1 RDL 6/2015, de 30 de octubre). De no efectuar alegaciones en
el plazo indicado, ni realizar el abono de la denuncia, ésta surtirá el efecto de acto
resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto la sanción podrá ejecutarse
transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia (artículo 95.5
RDL 6/2015, de 30 de octubre). A esta infracción no le es de aplicación el procedimiento
abreviado, conforme dispone el artículo 93.2 RDL 6/2015, de 30 de octubre, por lo que
multa no tiene reducción del 50%. El pago se podrá realizar mediante ingreso a cuenta o
transferencia bancaria en el número de cuenta ES22 2100 5766 1702 0005 5236 de
CAIXABANK indicando número de expediente y matrícula del vehículo.
Casarrubuelos, 24 de junio de 2025.- El Alcalde, Don Vicente José Astillero
Ballesteros.
cve: BOE-N-2025-28865c77259f505ef5525b9826776631b3f2b657
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Núm. 153