Administración Local. Granada. Ayuntamiento De Moraleda De Zafayona. (BOE-N-2025-460032)
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GRANADA
AYUNTAMIENTO DE MORALEDA DE ZAFAYONA
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de tráfico, circulación y seguridad vial.
ID: N2500466255

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación
de la incoación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el
Ayuntamiento de Moraleda de Zafayona, a las personas o entidades que a continuación
se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en su domicilio, ésta no ha
podido ser practicada. Transcurrido el período de veinte días naturales desde que el
edicto se hubiese publicado en el BOE, se entenderá que la notificación ha sido
practicada, dándose por cumplido el trámite. En el plazo de veinte días naturales
siguientes al de la notificación de la denuncia, podrá formular alegaciones ante la
Alcaldía del Ayuntamiento de Moraleda de Zafayona, órgano competente para la
resolución del procedimiento (artículo 84.4 del RDLeg 6/2015 de 30 de octubre), o
abonar la multa correspondiente con la reducción del 50% del importe (excepto
infracciones a los artículos 77 h),j), n), ñ), o), p), q) y r) del RDLeg 6/2015). En el caso de
infracciones leves o infracciones graves que no conlleven detracción de puntos, si el
denunciado no presenta alegaciones ni abona el importe de la multa en los plazos
señalados, la notificación de la denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del
procedimiento sancionador, y la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días
naturales desde la notificación (artículo 95.4 RDLeg 6/2015). En aquellos supuestos en
que el titular del vehículo no fuera el conductor/a responsable de la infracción
denunciada, está obligado a identificar al conductor en el plazo de 20 días naturales,
aportando los datos personales del mismo, incluido su número de permiso de
conducción (art. 11 del RDLeg 6/2015). El incumplimiento del deber de identificar se
sanciona como falta muy grave con una multa del doble de la prevista para la infracción
originaria si ésta es leve y del triple si es grave o muy grave (art. 77.j) y 80.2b) del RDLeg
6/2015). Advertir expresamente, que de acuerdo con las prescripciones establecidas en
la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, en caso de ostentar la cualidad
de Persona Jurídica, Entidad sin personalidad jurídica o representa a alguno de los
anteriores, resulta obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, y de
este modo, las actuaciones anteriores, deberá efectuarlas necesaria y obligatoriamente
mediante su presentación a través de la sede electrónica de esta administración. El pago
voluntario dentro del plazo de 20 días contados a partir del siguiente a la publicación en
el BOE del presente anuncio implicará una reducción del 50% en la cuantía de la multa
que en cada caso se señale, y se realizará a través de los siguientes medios: - Mediante
un ingreso o transferencia en cuenta ES30 3023 0096 6667 3274 2801 de CAJA R. DE
GRANADA, S.C.C. indicando en el concepto número de expediente y/o matrícula. Puede
solicitar información adicional llamando al teléfono del Servicio de Atención al Ciudadano
942 093 123 en horario continuo de lunes a viernes de 07:30 a 18:00 h. En el supuesto
de que la infracción implique detracción de puntos, una vez firme la sanción se
comunicará al Registro de Conductores e Infractores a los efectos de que sea anotada la

cve: BOE-N-2025-fb5f211b776dfc69ee033ff6c07aaa3855e9b895
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 153