Administración Local. Huelva. Ayuntamiento De Moguer. (BOE-N-2025-460056)
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimiento de acuerdo iniciación del procedimiento sancionador de los expedientes administrativos que se indican.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
HUELVA
AYUNTAMIENTO DE MOGUER
Anuncio de notificación de 24 de junio de 2025 en procedimiento de acuerdo iniciación
del procedimiento sancionador de los expedientes administrativos que se indican.
ID: N2500465653

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.,
(B.O.E. Número 236, de 2 de octubre de 2015), intentada sin efecto la notificación
personal en el domicilio que consta en el expediente de los actos administrativos que se
identifican a continuación.
Nº EXPTE

NIF/NIE

FECHA
DENUNCIA

44_2.13.4.1.5/2025 49731670N 07/09/2024

DOMICILIO
INFRACTOR

NORMA INFRINGIDA

IMPORTE
SANCIÓN EN
EUROS

Moguer

Ley Orgánica 4/2015, de
30 marzo, de Protección
de la Seguridad
Ciudadana, artículo 36.6

650,00

Podrá formularse recusación contra el Instructor de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Sector Público.
Los interesados o sus representantes debidamente acreditados, podrán consultar su
expediente sancionador en cualquier momento del procedimiento en la Jefatura de la
Policía Local sito en C/ Castillo nº 23 de Moguer (Huelva), en Horario laboral de Lunes a
Viernes de 09:00 a 14:00 horas.

https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm.
El denunciado podrá reconocer voluntariamente su responsabilidad y una vez
notificado este acuerdo de incoación del procedimiento para la sanción de infracciones
graves o leves, y teniendo en cuenta que la infracción cometida tiene carácter GRAVE el
interesado dispondrá de un plazo de QUINCE DÍAS para realizar el pago voluntario con
reducción de la sanción de multa, o para formular las alegaciones y proponer o aportar
las pruebas que estime oportunas.
Si efectúa el pago de la multa en las condiciones indicadas en el párrafo anterior, se
seguirá el procedimiento sancionador abreviado, y, en caso de no hacerlo, el
procedimiento sancionador ordinario.
2. El procedimiento sancionador abreviado no será de aplicación a las infracciones
muy graves.
3. Una vez realizado el pago voluntario de la multa dentro del plazo de quince días
contados desde el día siguiente al de su notificación, se tendrá por concluido el
procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:

cve: BOE-N-2025-eb25128544875128219c35e21da4e532fee0b4df
Verificable en https://www.boe.es

Igualmente podrá acceder a través de la Sede Electrónica de esta entidad a través
de https://sedeaytomoguer.es/ o a través del Punto de Acceso General: