Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Bocairent. (BOE-N-2025-460581)
Anuncio de notificación de 23 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación y seguridad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE BOCAIRENT
Anuncio de notificación de 23 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de tráfico, circulación y seguridad vial.
ID: N2500464096

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación
de la incoación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el
Ayuntamiento de Bocairent, a las personas o entidades que a continuación se relacionan,
ya que habiéndose intentado la notificación en su domicilio, ésta no ha podido ser
practicada. Transcurrido el período de veinte días naturales desde que el edicto se
hubiese publicado en el BOE, se entenderá que la notificación ha sido practicada,
dándose por cumplido el trámite. En el plazo de veinte días naturales siguientes al de la
notificación de la denuncia, podrá formular alegaciones ante la Alcaldía del Ayuntamiento
de Bocairent, órgano competente para la resolución del procedimiento (artículo 84.4 del
R.D.Leg. 6/2015 de 30 de octubre), o abonar la multa correspondiente con la reducción
del 50% del importe (excepto infracciones a los artículos 77 h),j), n), ñ), o), p), q) y r) del
R.D.Leg. 6/2015). En el caso de infracciones leves o infracciones graves que no
conlleven detracción de puntos, si el denunciado no presenta alegaciones ni abona el
importe de la multa en los plazos señalados, la notificación de la denuncia surtirá el
efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, y la sanción podrá ejecutarse
transcurridos treinta días naturales desde la notificación (artículo 95.4 R.D.Leg. 6/2015).
En aquellos supuestos en que el titular del vehículo no fuera el conductor/a responsable
de la infracción denunciada, está obligado a identificar al conductor en el plazo de 20
días naturales, aportando los datos personales del mismo, incluido su número de
permiso de conducción (art. 11 del R.D.Leg. 6/2015). El incumplimiento del deber de
identificar se sanciona como falta muy grave con una multa del doble de la prevista para
la infracción originaria si ésta es leve y del triple si es grave o muy grave (art. 77.j) y
80.2b) del R.D.Leg. 6/2015). Advertir expresamente, que de acuerdo con las
prescripciones establecidas en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común,
en caso de ostentar la cualidad de Persona Jurídica, Entidad sin personalidad jurídica o
representa a alguno de los anteriores, resulta obligado a relacionarse electrónicamente
con la Administración, y de este modo, las actuaciones anteriores, deberá efectuarlas
necesaria y obligatoriamente mediante su presentación a través de la sede electrónica
de esta administración. El pago voluntario dentro del plazo de 20 días contados a partir
del siguiente a la publicación en el BOE del presente anuncio implicará una reducción del
50% en la cuantía de la multa que en cada caso se señale, y se realizará a través de los
siguientes medios: El pago se podrá realizar mediante ltransferencia banciaria, indicando
en el concepto expediente y matrícula, en los siguientes números de cuenta: - BBVA
ES17 0182 0549 7900 1711 0008 -La Caixa ES68 2100 4625 2122 0000 2554 -Caixa
Ontinyent ES61 2045 6011 2411 0000 0196 -Cajamar ES12 3058 2129 7027 3200 0015 Mediante TPV en la Policía local 24h. - En las oficinas del Ayuntamiento de 08:00 a
14:00 de lunes a viernes y jueves también de 16:00 a 19:00 horas. Puede obtener
información adicional llamando al teléfono del Servicio de Atención al Ciudadano 942

cve: BOE-N-2025-3d8398e3cb8f6b6cd111f7720ab9800ee66724ae
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Núm. 153