Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Castelló De La Plana. (BOE-N-2025-459940)
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores del Negociado Administrativo del Área de Seguridad, sobre notificación del Decreto de Resolución de los expedientes sancionadores que se relacionan.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
siguiente. Para las sanciones pecuniarias notificadas entre los días 16 y último mes,
desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o, si éste no
fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
El ingreso deberá efectuarse presentando el documento cobratorio que se acompaña
como anexo, en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras: B.B.V.A.
(A48265169), BANCO SABADELL (A08000143), BANCO SANTANDER (A39000013),
CAIXABANK (A08663619) Y CAJAMAR (F04743175). En caso de que éste no sea
aceptado por la entidad colaboradora deberá dirigirse a la Tesorería del Ayuntamiento de
Castellón para la emisión de un nuevo documento cobratorio.
Transcurridos los mencionados plazos para efectuar el ingreso en período voluntario,
sin haberlo realizado, se iniciará el procedimiento de recaudación en período ejecutivo,
con la obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se refiere la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, la Ley General Tributaria.
cve: BOE-N-2025-8f867a95fa1f609124c0bbfa3af8fb2d856daafe
Verificable en https://www.boe.es
Castellón de la Plana, 20 de junio de 2025.- El jefe de la Unidad de Sanciones (P.D.
del Secretario General de la Administración Municipal, Decreto 25-11-2013).
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
siguiente. Para las sanciones pecuniarias notificadas entre los días 16 y último mes,
desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o, si éste no
fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
El ingreso deberá efectuarse presentando el documento cobratorio que se acompaña
como anexo, en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras: B.B.V.A.
(A48265169), BANCO SABADELL (A08000143), BANCO SANTANDER (A39000013),
CAIXABANK (A08663619) Y CAJAMAR (F04743175). En caso de que éste no sea
aceptado por la entidad colaboradora deberá dirigirse a la Tesorería del Ayuntamiento de
Castellón para la emisión de un nuevo documento cobratorio.
Transcurridos los mencionados plazos para efectuar el ingreso en período voluntario,
sin haberlo realizado, se iniciará el procedimiento de recaudación en período ejecutivo,
con la obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se refiere la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, la Ley General Tributaria.
cve: BOE-N-2025-8f867a95fa1f609124c0bbfa3af8fb2d856daafe
Verificable en https://www.boe.es
Castellón de la Plana, 20 de junio de 2025.- El jefe de la Unidad de Sanciones (P.D.
del Secretario General de la Administración Municipal, Decreto 25-11-2013).
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X