Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Iscle De Vallalta. (BOE-N-2025-459853)
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento comunicación Decreto de Alcaldia número 031/2015, de fecha 22 de enero de 2015.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
documento presentado cumple todos los requerimientos y con las condiciones
necesarias para tenerlo por completo y correcto en relación con respecto a su contenido
formal, y también igualmente en relación a su contenido material. Se tiene por
reproducido este T.R.P.R., en su integridad y totalidad, qué contenido documental, formal
y material cumple y verifica las disposiciones de los Arts. 144 y siguientes del Decreto
305/2006 (Reglamento de la Ley de Urbanismo de Cataluña, en abreviado RLUC), en
concreto hasta el Art. 150 del referido decreto aprobatorio del reglamento urbanístico
vigente.
TERCERO.- En la misma fecha, y conjuntamente con el referido texto refundido del
Proyecto de Reparcelación (T.R.PR.) del sector de situación, Urbanización "Font
Montnegre", se han entregado también al ayuntamiento todos los correspondientes
informes técnico-jurídicos emitidos por el equipo redactor del proyecto sobre las
alegaciones formuladas por varios propietarios. Informes que ya constan en el
expediente, y que por tanto se tienen por reproducidos, adjuntando al presente
documento un cuadro resumen de los mismos, con la correspondiente propuesta de
resolución que formula el mencionado equipo redactor; se han incorporado también, de
oficio, las reclamaciones formuladas - en tiempo y forma - en sede del procedimiento de
aprobación de la liquidación de las cuotas correspondientes a los costes de los trabajos
de mantenimiento y conservación de la franja de protección del sector, efectuados el año
2013, con los correspondientes informes.
CUARTO.- Son de aplicación las determinaciones del Art. 119 y siguientes del D.L.
1/2010 (TRLUC), modificado por la Ley 3/2012, y demás disposiciones concordantes.
Determinaciones y disposiciones que se han observado en todo este procedimiento
administrativo, siendo también igualmente de aplicación las disposiciones del Art. 125 y
siguientes del ya referido Decreto 305/2006 (RLUC), y demás disposiciones
concordantes; qué determinaciones - en este caso reglamentarias - han observado
igualmente en todo el procedimiento administrativo actuado.
CONCLUSIONES y PROPUESTA.
Analizado, pues, el contenido material del texto refundido del proyecto reparcelatorio
que se trata (Sector SUP-3 del vigente PGOU), texto de fecha de junio 2014,
"Urbanización Font Montnegre" - documento que incorpora adecuadamente el resultado
y propuestas formuladas en dichos informes sobre las alegaciones interpuestas, no se
han observado aspectos básicos ni esenciales que permitan cuestionar la bondad
técnica y corrección sustancial del mismo, tanto en cuanto a las justificaciones técnicas
de sus previsiones y / o determinaciones como a su propio contenido técnico, jurídico y
urbanístico, por lo que se informa favorablemente el documento final ahora presentado,
comprensivo del T.R.P.R. del "SUP-3", urbanización "Font Montnegre" redactado y
confeccionado en fecha de junio de 2014, y por tanto, en opinión de estos SS.MM. de
Secretaría y de Urbanismo, puede procederse sin más trámites ni dilación -en su caso- a
adoptar el acuerdo correspondiente a la aprobación definitiva del mismo, proponiendo en
consecuencia la adopción -en su caso- del acuerdo final pertinente, con la estimación /
desestimación de alegaciones según propuesta formulada por el equipo redactor.
Todo lo que -en definitiva- se informa en sentido favorable, tanto técnica como
jurídicamente, proponiéndose al Ayuntamiento de Sant Iscle de Vallalta que se acuerde y
se proceda según todo lo que hasta aquí se ha expuesto / explicitado de forma detallada.
Sin embargo, el Ayuntamiento acordará lo que crea más conveniente.
Los SS.TT.MM. Los SS.JJ.MM.
de Urbanismo: de Secretaria:
Raül Costa Casellas Montserrat Montellà Jordana
Técnico mpal. de Urbanismo Secretaria - Interventora
cve: BOE-N-2025-2debb755fbf0ef5241b5f3858d3b3f7392954156
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
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necesarias para tenerlo por completo y correcto en relación con respecto a su contenido
formal, y también igualmente en relación a su contenido material. Se tiene por
reproducido este T.R.P.R., en su integridad y totalidad, qué contenido documental, formal
y material cumple y verifica las disposiciones de los Arts. 144 y siguientes del Decreto
305/2006 (Reglamento de la Ley de Urbanismo de Cataluña, en abreviado RLUC), en
concreto hasta el Art. 150 del referido decreto aprobatorio del reglamento urbanístico
vigente.
TERCERO.- En la misma fecha, y conjuntamente con el referido texto refundido del
Proyecto de Reparcelación (T.R.PR.) del sector de situación, Urbanización "Font
Montnegre", se han entregado también al ayuntamiento todos los correspondientes
informes técnico-jurídicos emitidos por el equipo redactor del proyecto sobre las
alegaciones formuladas por varios propietarios. Informes que ya constan en el
expediente, y que por tanto se tienen por reproducidos, adjuntando al presente
documento un cuadro resumen de los mismos, con la correspondiente propuesta de
resolución que formula el mencionado equipo redactor; se han incorporado también, de
oficio, las reclamaciones formuladas - en tiempo y forma - en sede del procedimiento de
aprobación de la liquidación de las cuotas correspondientes a los costes de los trabajos
de mantenimiento y conservación de la franja de protección del sector, efectuados el año
2013, con los correspondientes informes.
CUARTO.- Son de aplicación las determinaciones del Art. 119 y siguientes del D.L.
1/2010 (TRLUC), modificado por la Ley 3/2012, y demás disposiciones concordantes.
Determinaciones y disposiciones que se han observado en todo este procedimiento
administrativo, siendo también igualmente de aplicación las disposiciones del Art. 125 y
siguientes del ya referido Decreto 305/2006 (RLUC), y demás disposiciones
concordantes; qué determinaciones - en este caso reglamentarias - han observado
igualmente en todo el procedimiento administrativo actuado.
CONCLUSIONES y PROPUESTA.
Analizado, pues, el contenido material del texto refundido del proyecto reparcelatorio
que se trata (Sector SUP-3 del vigente PGOU), texto de fecha de junio 2014,
"Urbanización Font Montnegre" - documento que incorpora adecuadamente el resultado
y propuestas formuladas en dichos informes sobre las alegaciones interpuestas, no se
han observado aspectos básicos ni esenciales que permitan cuestionar la bondad
técnica y corrección sustancial del mismo, tanto en cuanto a las justificaciones técnicas
de sus previsiones y / o determinaciones como a su propio contenido técnico, jurídico y
urbanístico, por lo que se informa favorablemente el documento final ahora presentado,
comprensivo del T.R.P.R. del "SUP-3", urbanización "Font Montnegre" redactado y
confeccionado en fecha de junio de 2014, y por tanto, en opinión de estos SS.MM. de
Secretaría y de Urbanismo, puede procederse sin más trámites ni dilación -en su caso- a
adoptar el acuerdo correspondiente a la aprobación definitiva del mismo, proponiendo en
consecuencia la adopción -en su caso- del acuerdo final pertinente, con la estimación /
desestimación de alegaciones según propuesta formulada por el equipo redactor.
Todo lo que -en definitiva- se informa en sentido favorable, tanto técnica como
jurídicamente, proponiéndose al Ayuntamiento de Sant Iscle de Vallalta que se acuerde y
se proceda según todo lo que hasta aquí se ha expuesto / explicitado de forma detallada.
Sin embargo, el Ayuntamiento acordará lo que crea más conveniente.
Los SS.TT.MM. Los SS.JJ.MM.
de Urbanismo: de Secretaria:
Raül Costa Casellas Montserrat Montellà Jordana
Técnico mpal. de Urbanismo Secretaria - Interventora
cve: BOE-N-2025-2debb755fbf0ef5241b5f3858d3b3f7392954156
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 153