Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-459850)
Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento "Resolución de finalización del procedimiento sancionador iniciado por infracción de las disposiciones de la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores de Sant Cugat del Vallès. Expedient 2136/2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 5
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosoadministrativa.
En el supuesto de que la desestimación del recurso de reposición se produjera por
silencio administrativo – silencio que se produce por el transcurso de un mes a contar
desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado o, si procede, publicado su
resolución – el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de
seis meses a contar desde el día siguiente al día en que lo referido recurso de reposición
se entienda desestimado. Aun así, podéis interponer cualquier recurso previsto a la
legislación vigente que considere procedente, de acuerdo con el que dispone el artículo
40.2 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas (LPAC).
cve: BOE-N-2025-34763bbd47c948f9162babc8eec894cb1b66d909
Verificable en https://www.boe.es
SANT CUGAT DEL VALLES, 19 de junio de 2025.- La Secretaria General Rosa
Castella Mata, PA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 5
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosoadministrativa.
En el supuesto de que la desestimación del recurso de reposición se produjera por
silencio administrativo – silencio que se produce por el transcurso de un mes a contar
desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado o, si procede, publicado su
resolución – el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de
seis meses a contar desde el día siguiente al día en que lo referido recurso de reposición
se entienda desestimado. Aun así, podéis interponer cualquier recurso previsto a la
legislación vigente que considere procedente, de acuerdo con el que dispone el artículo
40.2 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
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cve: BOE-N-2025-34763bbd47c948f9162babc8eec894cb1b66d909
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SANT CUGAT DEL VALLES, 19 de junio de 2025.- La Secretaria General Rosa
Castella Mata, PA
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