Administración Local. A Coruña. Ayuntamiento De Ordes. (BOE-N-2025-459701)
Anuncio de notificación de 17 de junio de 2025 en procedimiento relativo a bajas por caducidad de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente (ENCSARP).
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
A CORUÑA
AYUNTAMIENTO DE ORDES
Anuncio de notificación de 17 de junio de 2025 en procedimiento relativo a bajas por
caducidad de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente
(ENCSARP).
ID: N2500460023
A efectos de lo dispuesto con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tras haber sido
infructuosa la notificación de las resoluciones de alcaldía de declaración de caducidad de
la inscripción en el Padrón municipal de habitantes, a las personas que se relacionan,
por medio del presente edicto se procede a notificar lo siguiente:
De conformidad con el art.16.1 2º párrafo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dado por la Ley Orgánica 14/2003 de la
Reforma de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de Enero, sobre derechos y libertades de los
Extranjeros en España: “La inscripción en el Padrón de Habitantes de los extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente deber de ser objeto de
renovación cada dos años”.
Visto lo establecido en la Resolución de 29 de abril de 2020, del Presidente del
Instituto Nacional de estadística y del Director General de Coordinación de
Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se
dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal
en el apartado 6. Procedimiento de renovación y caducidad de las inscripciones
padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga
duración (ENCSARP) que no sen renovadas cada dos años (BOE Nº 122 de
02-05-2020).
Visto que consta en el expediente el intento infructuoso de la notificación o el recibo
de la misma sin haber renovado la inscripción padronal en el plazo reglamentario o
desde la fecha de su última renovación, es por lo que RESUELVO:
Declarar la caducidad de la inscripción en el Padrón Municipal de ORDES,
procediendo a su baja por caducidad con efectos de la fecha de notificación de la
presente resolución.
RELACIÓN DE BAJAS POR CADUCIDAD DE SU INSCRIPCIÓN PADRONAL
Nº Resolución de Alcaldía Fecha
574/2025
Pasaporte/Tarjeta residencia*
14-05-2025 FT575767
Pasaporte/Tarjeta residencia
Representante legal*
cve: BOE-N-2025-bddb8d0c81f6e4507f793d95bc13ed6ec4f88b19
Verificable en https://www.boe.es
La renovación no constituye un acto de mero trámite, exigiendo un acto expreso
mediante lo cuál el ciudadano, o su representante, manifiesta su voluntad expresa de
renovar la inscripción ratificando los datos que ya constan en el padrón, incluyendo una
declaración de continuar viviendo en España y su voluntad de renovar la inscripción
mediante formulario, que se facilitará en este Ayuntamiento.
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
A CORUÑA
AYUNTAMIENTO DE ORDES
Anuncio de notificación de 17 de junio de 2025 en procedimiento relativo a bajas por
caducidad de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente
(ENCSARP).
ID: N2500460023
A efectos de lo dispuesto con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tras haber sido
infructuosa la notificación de las resoluciones de alcaldía de declaración de caducidad de
la inscripción en el Padrón municipal de habitantes, a las personas que se relacionan,
por medio del presente edicto se procede a notificar lo siguiente:
De conformidad con el art.16.1 2º párrafo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dado por la Ley Orgánica 14/2003 de la
Reforma de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de Enero, sobre derechos y libertades de los
Extranjeros en España: “La inscripción en el Padrón de Habitantes de los extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente deber de ser objeto de
renovación cada dos años”.
Visto lo establecido en la Resolución de 29 de abril de 2020, del Presidente del
Instituto Nacional de estadística y del Director General de Coordinación de
Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se
dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal
en el apartado 6. Procedimiento de renovación y caducidad de las inscripciones
padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga
duración (ENCSARP) que no sen renovadas cada dos años (BOE Nº 122 de
02-05-2020).
Visto que consta en el expediente el intento infructuoso de la notificación o el recibo
de la misma sin haber renovado la inscripción padronal en el plazo reglamentario o
desde la fecha de su última renovación, es por lo que RESUELVO:
Declarar la caducidad de la inscripción en el Padrón Municipal de ORDES,
procediendo a su baja por caducidad con efectos de la fecha de notificación de la
presente resolución.
RELACIÓN DE BAJAS POR CADUCIDAD DE SU INSCRIPCIÓN PADRONAL
Nº Resolución de Alcaldía Fecha
574/2025
Pasaporte/Tarjeta residencia*
14-05-2025 FT575767
Pasaporte/Tarjeta residencia
Representante legal*
cve: BOE-N-2025-bddb8d0c81f6e4507f793d95bc13ed6ec4f88b19
Verificable en https://www.boe.es
La renovación no constituye un acto de mero trámite, exigiendo un acto expreso
mediante lo cuál el ciudadano, o su representante, manifiesta su voluntad expresa de
renovar la inscripción ratificando los datos que ya constan en el padrón, incluyendo una
declaración de continuar viviendo en España y su voluntad de renovar la inscripción
mediante formulario, que se facilitará en este Ayuntamiento.