Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Montgat. (BOE-N-2025-459846)
Anuncio de notificación de 13 de junio de 2025 en procedimiento n procedimiento de incoación de expediente de baja por inscripción indebida en el padrón de habitantes - 2676-2629/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE MONTGAT
Anuncio de notificación de 13 de junio de 2025 en procedimiento n procedimiento de
incoación de expediente de baja por inscripción indebida en el padrón de habitantes 2676-2629/2025.
ID: N2500458015
ANUNCIO
De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
siendo desconocido el domicilio de las personas interesadas, se procede a la
publicación de la parte dispositiva de la resolución de la Alcaldía, número DEC-12552025, de 13 de junio de 2025, expediente 2676-2629/2025, cuyos antecedentes de
hecho y fundamentos jurídicos están a disposición de las personas interesadas en la
Oficina de atención ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Montgat, calle Francesc
Moragas, s/n de Montgat.
1.Proceder a declarar la baja por inscripción indebida en el padrón de habitantes a
las personas que a continuación se relacionan en el inmueble situado en la calle Rosella
40 entl. 4a. del término municipal de Montgat, ya que no se ha podido comprobar su
residencia en el mencionado domicilio:
Pasaporte: 120734066
3.Habilitar un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente de la
publicación en el BOE, a los efectos que en caso de desacuerdo formulen las
alegaciones y presenten los documentos y justificantes que estimen pertinentes, de
manera que puedan acreditar la residencia en este municipio.
4.Remitir comunicación, una vez efectuados los trámites anteriores, al Consejo de
Empadronamiento del Instituto Nacional de Estadística, para que adopte la decisión
sobre la procedencia de las bajas de oficio.
Contra este acto administrativo de trámite, que no es definitivo en vía administrativa,
no procede la interposición de recurso, de conformidad con el artículo 112 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
Administraciones públicas, dado que se mantiene su derecho a presentar alegaciones
día.
y la posibilidad de impugnación del acto administrativo definitivo que se adopte en su
No obstante, puede interponerse cualquier otro recurso o instar cualquier
procedimiento que considere procedente.
cve: BOE-N-2025-0c934ebfea5eaf775b0541d3a356081cbc306e40
Verificable en https://www.boe.es
2.Comunicar a los afectados, mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado
(BOE), la incoación del expediente de baja de oficio.
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE MONTGAT
Anuncio de notificación de 13 de junio de 2025 en procedimiento n procedimiento de
incoación de expediente de baja por inscripción indebida en el padrón de habitantes 2676-2629/2025.
ID: N2500458015
ANUNCIO
De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
siendo desconocido el domicilio de las personas interesadas, se procede a la
publicación de la parte dispositiva de la resolución de la Alcaldía, número DEC-12552025, de 13 de junio de 2025, expediente 2676-2629/2025, cuyos antecedentes de
hecho y fundamentos jurídicos están a disposición de las personas interesadas en la
Oficina de atención ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Montgat, calle Francesc
Moragas, s/n de Montgat.
1.Proceder a declarar la baja por inscripción indebida en el padrón de habitantes a
las personas que a continuación se relacionan en el inmueble situado en la calle Rosella
40 entl. 4a. del término municipal de Montgat, ya que no se ha podido comprobar su
residencia en el mencionado domicilio:
Pasaporte: 120734066
3.Habilitar un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente de la
publicación en el BOE, a los efectos que en caso de desacuerdo formulen las
alegaciones y presenten los documentos y justificantes que estimen pertinentes, de
manera que puedan acreditar la residencia en este municipio.
4.Remitir comunicación, una vez efectuados los trámites anteriores, al Consejo de
Empadronamiento del Instituto Nacional de Estadística, para que adopte la decisión
sobre la procedencia de las bajas de oficio.
Contra este acto administrativo de trámite, que no es definitivo en vía administrativa,
no procede la interposición de recurso, de conformidad con el artículo 112 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
Administraciones públicas, dado que se mantiene su derecho a presentar alegaciones
día.
y la posibilidad de impugnación del acto administrativo definitivo que se adopte en su
No obstante, puede interponerse cualquier otro recurso o instar cualquier
procedimiento que considere procedente.
cve: BOE-N-2025-0c934ebfea5eaf775b0541d3a356081cbc306e40
Verificable en https://www.boe.es
2.Comunicar a los afectados, mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado
(BOE), la incoación del expediente de baja de oficio.