Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Urduliz. (BOE-N-2025-459875)
Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimiento de Baja por Caducidad de la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Urduliz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE URDULIZ
Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimiento de Baja por Caducidad
de la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Urduliz.
ID: N2500435508

No habiéndose podido practicar de forma expresa la notificación correspondiente al
Decreto de Alcaldía nº 584 de fecha 30 de mayo de 2025, y a modo de notificación al/los
interesado/s, se dan a conocer las disposiciones del mencionado Decreto:
Recibida en este Ayuntamiento incidencia 111 del Instituto Nacional de Estadística
(INE), de personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia
permanente (ENCSARP), así como, en su caso de las que las han perdido.
RESULTANDO: Que previas las actuaciones llevadas a cabo por el servicio de
notificación del Ayuntamiento de Urduliz, no ha podido ser comunicado el Preaviso de
Caducidad de la inscripción Padronal de extranjeros no Comunitarios a MARILEN INES
VANEGAS CORREA.
RESULTANDO: Que según el Art. 17.2 de la Ley de Bases de Régimen Local “Los
Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para mantener
actualizados sus Padrones, de modo que los datos contenidos en ellos concuerden con
la realidad”.
RESULTANDO: Que según el Art. 59.2 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las entidades Locales, faculta al Ayuntamiento a exigir la documentación
necesaria para comprobar la veracidad de los datos consignados por los vecinos.
PRIMERO.- INCOAR procedimiento relativo al expediente de oficio de Baja por
Caducidad en el Padrón de Habitantes a MARILEN INES VANEGAS CORREA por
incumplimiento de los requisitos estipulados en el Art. 54 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
SEGUNDO.- Que, se haga saber que de acuerdo con el art. 68 del Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, por parte del
Ayuntamiento, de no recibir en el plazo de quince días las pruebas o alegaciones
pertinentes al objeto de acreditar el domicilio consignado en el Padrón o manifestar su
renovación en el mismo, poniendo así fin al procedimiento iniciado, se procederá a darle
de BAJA POR CADUCIDAD en el Padrón de habitantes de este municipio.
TERCERO.- En el caso de que la notificación no se pueda practicar y de conformidad
con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se procederá a insertar anuncio en el Boletín
Oficial del Estado y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento.
Potestativamente, si se desea, se podrá interponer Recurso de Reposición ante la
Sra. Alcaldesa-Presidenta en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a
aquel en el que se haya publicado el presente anuncio en el BOE (ART. 123-124 de la

cve: BOE-N-2025-bb0faebeefd43ce9a154f083cfbab0d2a3744dfa
Verificable en https://www.boe.es

HE RESUELTO: