Administración Local. Alicante. Ayuntamiento De Alicante/alacant. (BOE-N-2025-452824)
TRÁFICO, TRANSPORTES Y MOVILIDAD. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento de resolución sancionadora.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALICANTE
AYUNTAMIENTO DE ALICANTE/ALACANT
TRÁFICO, TRANSPORTES Y MOVILIDAD. Anuncio de notificación de 19 de junio de
2025 en procedimiento de resolución sancionadora.
ID: N2500456820
Habiendo resultado infructuosos los intentos realizados para notificar
individualmente, en el último domicilio conocido, a cada uno de los interesados, los
expedientes sancionadores que se relacionan, incoados por infracciones a las normas de
Tráfico y Seguridad Vial, de conformidad con lo establecido en el articulo 90.3 del Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en adelante
LTSV, y los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la notificación
colectiva de los expedientes en los que ha recaído resolución dictada por el Concejal de
Movilidad Urbana, según las facultades conferidas por el artículo 84.4 de la LTSV, por las
que se impone, a las personas que se relacionan, las sanciones que figuran en los
respectivos expedientes, al estimar cometidos los hechos que se denuncian, así como la
responsabilidad en los mismos.
Los expedientes se encuentran de manifiesto en la Unidad de Sanciones/Subastas,
C/ Arzobispo Loaces, 13-bajo, al objeto de que, por los interesados, puedan ser
examinados, concediéndose un plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente
al de la publicación de este edicto, para proceder a su pago, que podrá realizar en la
Tesorería Municipal-Recaudación (C/Jorge Juan, 5), oficinas de la Policía Local (C/
Metalurgias s/n), en cualquier entidad bancaria colaboradora, o a través de la página
web municipal WWW.alicante.es -pagos on-line-, solicitando, a la Unidad de Sanciones,
el correspondiente abonaré, informando que, vencido el plazo indicado, sin que se
hubiese satisfecho su importe, y una vez transcurrido el plazo reglamentario previsto en
el artículo 95 de la LTSV, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio,
devengando, en su caso, el correspondiente recargo e interés de demora que
corresponda, siendo título ejecutivo, a tal efecto, la certificación de descubierto expedida
por el órgano competente de la Administración Municipal.
Contra el referido acto, que pone fin a la vía administrativa, y ante el órgano que lo
dictó, cabe interponer recurso de reposición, de carácter potestativo, previo al
Contencioso Administrativo, en el plazo de un mes, en escrito dirigido al Excmo. Sr.
Alcalde o Concejal Delegado, que deberá presentar en el Registro General (C/
Cervantes, 3), o interponer éste directamente, ante el Juzgado correspondiente, en el
plazo de dos meses, contados, en ambos casos, a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto.
Si la infracción denunciada conlleva detracción de puntos, estos se descontaran del
crédito total, una vez que la sanción sea firme y se proceda a su anotación en el Registro
de Conductores e Infractores de la DGT. Puede consultar su saldo de puntos en
WWW.dgt.es
cve: BOE-N-2025-f71b9e0549eb9983217b78402b2b5b1cec8cff19
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALICANTE
AYUNTAMIENTO DE ALICANTE/ALACANT
TRÁFICO, TRANSPORTES Y MOVILIDAD. Anuncio de notificación de 19 de junio de
2025 en procedimiento de resolución sancionadora.
ID: N2500456820
Habiendo resultado infructuosos los intentos realizados para notificar
individualmente, en el último domicilio conocido, a cada uno de los interesados, los
expedientes sancionadores que se relacionan, incoados por infracciones a las normas de
Tráfico y Seguridad Vial, de conformidad con lo establecido en el articulo 90.3 del Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en adelante
LTSV, y los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la notificación
colectiva de los expedientes en los que ha recaído resolución dictada por el Concejal de
Movilidad Urbana, según las facultades conferidas por el artículo 84.4 de la LTSV, por las
que se impone, a las personas que se relacionan, las sanciones que figuran en los
respectivos expedientes, al estimar cometidos los hechos que se denuncian, así como la
responsabilidad en los mismos.
Los expedientes se encuentran de manifiesto en la Unidad de Sanciones/Subastas,
C/ Arzobispo Loaces, 13-bajo, al objeto de que, por los interesados, puedan ser
examinados, concediéndose un plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente
al de la publicación de este edicto, para proceder a su pago, que podrá realizar en la
Tesorería Municipal-Recaudación (C/Jorge Juan, 5), oficinas de la Policía Local (C/
Metalurgias s/n), en cualquier entidad bancaria colaboradora, o a través de la página
web municipal WWW.alicante.es -pagos on-line-, solicitando, a la Unidad de Sanciones,
el correspondiente abonaré, informando que, vencido el plazo indicado, sin que se
hubiese satisfecho su importe, y una vez transcurrido el plazo reglamentario previsto en
el artículo 95 de la LTSV, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio,
devengando, en su caso, el correspondiente recargo e interés de demora que
corresponda, siendo título ejecutivo, a tal efecto, la certificación de descubierto expedida
por el órgano competente de la Administración Municipal.
Contra el referido acto, que pone fin a la vía administrativa, y ante el órgano que lo
dictó, cabe interponer recurso de reposición, de carácter potestativo, previo al
Contencioso Administrativo, en el plazo de un mes, en escrito dirigido al Excmo. Sr.
Alcalde o Concejal Delegado, que deberá presentar en el Registro General (C/
Cervantes, 3), o interponer éste directamente, ante el Juzgado correspondiente, en el
plazo de dos meses, contados, en ambos casos, a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto.
Si la infracción denunciada conlleva detracción de puntos, estos se descontaran del
crédito total, una vez que la sanción sea firme y se proceda a su anotación en el Registro
de Conductores e Infractores de la DGT. Puede consultar su saldo de puntos en
WWW.dgt.es
cve: BOE-N-2025-f71b9e0549eb9983217b78402b2b5b1cec8cff19
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Núm. 151