Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Valencia. (BOE-N-2025-453734)
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico. Edicto del Ayuntamiento de València, relativo a las notificaciones de requerimientos de identificación de conductor de la Sección Quinta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Martes 24 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación
de 19 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico. Edicto del
Ayuntamiento de València, relativo a las notificaciones de requerimientos de
identificación de conductor de la Sección Quinta.
ID: N2500459555

Expte. 01307/2025/544 (2025/3615)
De conformidad con lo previsto en los artículos 90 y 91, del Real Decreto Legislativo
6/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por el presente EDICTO se
notifica a las personas físicas y jurídicas que se señalan a continuación que, habiéndose
formulado denuncia a los vehículos de su titularidad o de los cuales son arrendatarios
que se relacionan, y no habiendo sido posible la notificación personal en su domicilio del
requerimiento para que identifiquen a los conductores responsables de las infracciones
de tráfico cometidas -según lo dispuesto en el art. 11 y 93.1 del mencionado Real
Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre-, los mismos se encuentran a su disposición
en las dependencias municipales, sitas en C/ Albacete nº 12 bajo.

Dentro de los VEINTE DIAS NATURALES siguientes al de la finalización del plazo de
la publicación del presente edicto, podrá identificar al conductor responsable de la
infracción denunciada, indicando su nombre y apellidos, domicilio completo y número del
permiso o licencia de conducción (DNI), de conformidad con el art. 11 del RDL 6/2015, si
el conductor no figura inscrito en el Registro de Conductores e Infractores deberá
acompañarse copia de la autorización administrativa que le habilite para conducir a
España y tratándose de una empresa de alquiler de vehículos sin conductor se podrá
sustituir por la copia del contrato de arrendamiento. Presentándolo en el registro
electrónico municipal, en el resto de registros municipales habilitados (Pl. Ayuntamiento
nº 1, Amadeo de Saboya nº 11 y Juntas Municipales), o cualquiera de las formas
previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Advirtiéndole que en caso de
incumplir esta obligación será sancionada como autor de una infracción muy grave cuya
cuantía será el doble de la prevista para la infracción originaria si la misma fuera leve, y
el triple si fuera grave o muy grave según disponen los art. 77.j) y 80.2.b) del RDL
6/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La persona requerida responderá igualmente cuando
la identificación no fuese veraz.
Expte. Nº/Denuncia

NIF

Matrícula

Artículo Infringido Importe Euros Retirada Puntos

MU 2025 89 51174250 1 B01804491 3414MDT 13 LSV

200,00

6

MU 2025 89 52903140 5 B67937698 1158DPM 143 RGC

200,00

4

cve: BOE-N-2025-8080f6b0483002d242610fc59ea2db425c49349f
Verificable en https://www.boe.es

Transcurridos 20 días naturales desde la publicación del presente Edicto, el acto se
entenderá por notificado, dándose por cumplido el trámite.