Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Valencia. (BOE-N-2025-453727)
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico. Edicto del Ayuntamiento de València, relativo a las notificaciones de denuncias de la Sección Quinta.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
Si efectúa el pago dentro del plazo de veinte días naturales siguientes al de
finalización del plazo de publicación del presente acto, obtendrá una reducción del 50%
en el importe de la denuncia, teniéndose por concluido el procedimiento sancionador sin
necesidad de dictar resolución expresa y renunciándose a la formulación de alegaciones,
que se tendrán por no presentadas en el caso de que se formulasen. Asimismo, quedará
agotada la vía administrativa siendo únicamente recurrible ante el orden jurisdiccional
contencioso administrativo (art. 94 RDL 6/2015).
En los supuestos del art. 95.4 del RDL 6/2015 de 30 de octubre, si no se formulan
alegaciones ni se abona el importe de la multa en el plazo de veinte días naturales
siguientes al de finalización del plazo de publicación, la denuncia surtirá el efecto de acto
resolutorio del procedimiento, poniendo fin a la vía administrativa. Contra el referido acto
resolutorio podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un
mes contado desde que el mismo se entienda dictado, no suspendiendo el mismo la
ejecución del acto impugnado que se podrá ejecutar transcurridos 30 días naturales
desde la notificación de la denuncia o recurso contencioso administrativo. Si el
recurrente solicita la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada
transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto. (art. 96 del
RDL 6/2015).
Expte. Nº/Denuncia
NIF
Matrícula
Artículo Infringido Importe Euros Retirada Puntos
MU 2025 89 52196220 6 29191348R 2129HPM 146 RGC
200,00
4
MU 2025 89 52589290 2 24446872B 7784KMM 13 LSV
200,00
6
MU 2025 89 60008235 6 55907602F 9539MRL 21 LSV
300,00
2
MU 2025 89 60008489 5 Y2158974R 2636LLB
300,00
2
21 LSV
cve: BOE-N-2025-b66ab00e4ff666f6c3627baf26da616060f1cdad
Verificable en https://www.boe.es
València, 19 de junio de 2025.- El Secretario, José Antonio Martínez Beltrán.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
Si efectúa el pago dentro del plazo de veinte días naturales siguientes al de
finalización del plazo de publicación del presente acto, obtendrá una reducción del 50%
en el importe de la denuncia, teniéndose por concluido el procedimiento sancionador sin
necesidad de dictar resolución expresa y renunciándose a la formulación de alegaciones,
que se tendrán por no presentadas en el caso de que se formulasen. Asimismo, quedará
agotada la vía administrativa siendo únicamente recurrible ante el orden jurisdiccional
contencioso administrativo (art. 94 RDL 6/2015).
En los supuestos del art. 95.4 del RDL 6/2015 de 30 de octubre, si no se formulan
alegaciones ni se abona el importe de la multa en el plazo de veinte días naturales
siguientes al de finalización del plazo de publicación, la denuncia surtirá el efecto de acto
resolutorio del procedimiento, poniendo fin a la vía administrativa. Contra el referido acto
resolutorio podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un
mes contado desde que el mismo se entienda dictado, no suspendiendo el mismo la
ejecución del acto impugnado que se podrá ejecutar transcurridos 30 días naturales
desde la notificación de la denuncia o recurso contencioso administrativo. Si el
recurrente solicita la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada
transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto. (art. 96 del
RDL 6/2015).
Expte. Nº/Denuncia
NIF
Matrícula
Artículo Infringido Importe Euros Retirada Puntos
MU 2025 89 52196220 6 29191348R 2129HPM 146 RGC
200,00
4
MU 2025 89 52589290 2 24446872B 7784KMM 13 LSV
200,00
6
MU 2025 89 60008235 6 55907602F 9539MRL 21 LSV
300,00
2
MU 2025 89 60008489 5 Y2158974R 2636LLB
300,00
2
21 LSV
cve: BOE-N-2025-b66ab00e4ff666f6c3627baf26da616060f1cdad
Verificable en https://www.boe.es
València, 19 de junio de 2025.- El Secretario, José Antonio Martínez Beltrán.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X