Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Illes Balears. (BOE-N-2025-454304)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE POLLENÇA. Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento expediente número 2426/2024.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
504546.91 4411918.28
4411917.87 504542.23
504502.08 4411958.08
4411988.85 504464.10
504484.47 4412014.90
504545.40
4411918.32
504491.52
4411995.98
4411917.78
504535.28
4411968.57
504458.65
504544.63
4411925.23
504481.27
4412001.59
Supl. N. Pág. 2
4411917.71
504519.45
4411978.70
504468.64
504543.79
4411940.88
504471.02
4412006.76
Le rogamos proceda a comprobar las coordenadas de la finca de su propiedad como
medio para saber si son correctas las de la finca colindante que se pretenden inscribir en
el procedimiento que a estos efectos se le notifica. Las coordenadas de su finca podrá
comprobarlas a través de la base gráfica catastral, si ésta es correcta y no sufre
desplazamiento alguno, o a través de base gráfica alternativa realizada por un técnico
competente en la materia.
Podrá usted comparecer en el plazo de los veinte días hábiles siguientes a la
recepción de la presente notificación ante el registrador para alegar lo que a su derecho
convenga.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
Si lo desea, también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma
legitimada, o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe Todo ello, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Pollença
Via Argentina, 13, bajos A
07460 Pollença
Dirección electrónica pollensa@registrodelapropiedad.org
Teléfono 971533100
Observaciones: conforme al articulo 10.5 de la ley hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38,
que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica
expresadas.
Representación gráfica propuesta verificable en el visor de alertas geográficas en
geoportal.registradores.org mediante el ID trámite número AGR07030200000656
Listado de destinatarios de la presente notificación:
Margarita Peñaserrada Vila
Pollença, 18 de junio de 2025.- El/La Registrador/a de la Propiedad de Pollença,
Antonio Fernández Sevilla
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-3738b1ac39c4daac1494c3804ca9fd735ddbcb06
Verificable en https://www.boe.es
Las alegaciones que se presenten para que puedan ser estimadas deben
acompañarse de documentación que les de fundamento, ya sea títulos de propiedad,
una base gráfica alternativa, la existencia de un procedimiento judicial sobre la
propiedad, u otra documentación fehaciente que justifique y acredite las mismas, sin
perjuicio de la valoración de las mismas que haga a su prudente arbitrio el Registrador
que las califique de acuerdo a lo indicado en la Ley Hipotecaria y en la doctrina de la
DGFPSJP.
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
504546.91 4411918.28
4411917.87 504542.23
504502.08 4411958.08
4411988.85 504464.10
504484.47 4412014.90
504545.40
4411918.32
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4411995.98
4411917.78
504535.28
4411968.57
504458.65
504544.63
4411925.23
504481.27
4412001.59
Supl. N. Pág. 2
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504519.45
4411978.70
504468.64
504543.79
4411940.88
504471.02
4412006.76
Le rogamos proceda a comprobar las coordenadas de la finca de su propiedad como
medio para saber si son correctas las de la finca colindante que se pretenden inscribir en
el procedimiento que a estos efectos se le notifica. Las coordenadas de su finca podrá
comprobarlas a través de la base gráfica catastral, si ésta es correcta y no sufre
desplazamiento alguno, o a través de base gráfica alternativa realizada por un técnico
competente en la materia.
Podrá usted comparecer en el plazo de los veinte días hábiles siguientes a la
recepción de la presente notificación ante el registrador para alegar lo que a su derecho
convenga.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
Si lo desea, también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma
legitimada, o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe Todo ello, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Pollença
Via Argentina, 13, bajos A
07460 Pollença
Dirección electrónica pollensa@registrodelapropiedad.org
Teléfono 971533100
Observaciones: conforme al articulo 10.5 de la ley hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38,
que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica
expresadas.
Representación gráfica propuesta verificable en el visor de alertas geográficas en
geoportal.registradores.org mediante el ID trámite número AGR07030200000656
Listado de destinatarios de la presente notificación:
Margarita Peñaserrada Vila
Pollença, 18 de junio de 2025.- El/La Registrador/a de la Propiedad de Pollença,
Antonio Fernández Sevilla
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-3738b1ac39c4daac1494c3804ca9fd735ddbcb06
Verificable en https://www.boe.es
Las alegaciones que se presenten para que puedan ser estimadas deben
acompañarse de documentación que les de fundamento, ya sea títulos de propiedad,
una base gráfica alternativa, la existencia de un procedimiento judicial sobre la
propiedad, u otra documentación fehaciente que justifique y acredite las mismas, sin
perjuicio de la valoración de las mismas que haga a su prudente arbitrio el Registrador
que las califique de acuerdo a lo indicado en la Ley Hipotecaria y en la doctrina de la
DGFPSJP.