Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Málaga. (BOE-N-2025-454535)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE COÍN. Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Martes 24 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

parcela 403 polígono 11 y con parcela 414 polígono 11. Sur: con finca 18787 y finca
12779 de Coín. Oeste: con parcela 405 polígono 11 y con parcela 402 polígono 11
Superficies
Registro: 5224,65 m2
Alternativo: 5736 m2
Dicha finca es colindante de las fincas con las referidas Referencias Catastrales.
Conforme al artículo 199.2 de la LH, el registrador notificará a los titulares de
parcelas catastrales colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que
puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su finca
registral.
Para ello, puede Usted comprobar mediante el Identificador Único Registral
29005000234061, en el siguiente enlace perteneciente al aparto de Alertas Gráficas del
Geoportal del Colegio de Registradores de España y donde podrá seleccionar las
distintas capas que crea conveniente, que la representación gráfica de la finca cuya
inscripción se solicita es correcta y no perjudica la situación física de su finca.
http://geoportal.registradores.org/geoportal/index.html
Esta finca registral se corresponde, conforme al artículo 45 del Texto Refundido de la
Ley de Catastro Inmobiliario, con la parcela con Referencia catastral:
29042A011004080000XQ por la que podrá también consultar la representación gráfica
en la sede electrónica.
Conforme al mismo precepto legal, podrá realizar cualquier alegación, en el plazo de
los veinte días siguientes a la recepción de esta notificación, ante el Registrador,
acreditando la titularidad de su derecho y los documentos que la fundamente.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.

Lo que comunico formalmente, en su condición de titular colindante catastral.
Coin, 20 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Mariano Martín Juanes

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-fdbf37e24efa9472b80dec33b15b50aeb5bb3ebd
Verificable en https://www.boe.es

Observaciones: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la representación gráfica y
lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la
finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica
expresadas.