Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Málaga. (BOE-N-2025-454527)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE COÍN. Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento rectificación de cabida y linderos.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
tiene una superficie construida de diecinueve metros con cincuenta y cinco decímetros
cuadrados (19,55 m2); la planta primera o nivel 1, está distribuida en sala de estar y
baño, y tiene una superficie construida de diecinueve metros con cincuenta y cinco
decímetros cuadrados (19,55 m2), y la planta segunda o nivel 2, está distribuida en un
dormitorio, y cuenta con una superficie construida de diecinueve metros con cincuenta y
cinco decímetros cuadrados (19,55 m2). Cuenta con una superficie total construida de
cincuenta y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados (58,65 m2), y su
superficie de ocupación es de diecinueve metros con cincuenta y cinco decímetros
cuadrados (19,55 m2), ocupando la totalidad del solar de su emplazamiento.
REFERENCIA CATASTRAL.- 2988332UF4528N0001AU.
Dicha finca es colindante de la finca de su titularidad.
Conforme al artículo 199 de la LH, el registrador notificará a los titulares registrales/
catastrales de parcelas colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que
puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su finca
registral.
Para ello, puede Usted comprobar mediante el Identificador Único Registral
29005000219884, en el siguiente enlace perteneciente al aparto de Alertas Gráficas del
Geoportal del Colegio de Registradores de España y donde podrá seleccionar las
distintas capas que crea conveniente, que la representación gráfica de la finca cuya
inscripción se solicita es correcta y no perjudica la situación física de su finca.
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/29005000219884
http://geoportal.registradores.org/geoportal/index.html
Esta finca registral se corresponde, conforme al artículo 45 del Texto Refundido de la
Ley de Catastro Inmobiliario, con la parcela con Referencia catastral:
2988332UF4528N0001AU por la que podrá también consultar la representación gráfica
en la sede electrónica.
Conforme al mismo precepto legal, podrá realizar cualquier alegación, en el plazo de
los veinte días siguientes a la recepción de esta notificación, ante el Registrador,
acreditando la titularidad de su derecho y los documentos que la fundamente.
Observaciones: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la representación gráfica y
lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la
finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica
expresadas.
Lo que comunico formalmente, en su condición de titular colindante registral/
catastral.
Coin, 20 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Mariano Martín Juanes
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-8eace31243581fc0799338e6080397faa3e0cd0a
Verificable en https://www.boe.es
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
tiene una superficie construida de diecinueve metros con cincuenta y cinco decímetros
cuadrados (19,55 m2); la planta primera o nivel 1, está distribuida en sala de estar y
baño, y tiene una superficie construida de diecinueve metros con cincuenta y cinco
decímetros cuadrados (19,55 m2), y la planta segunda o nivel 2, está distribuida en un
dormitorio, y cuenta con una superficie construida de diecinueve metros con cincuenta y
cinco decímetros cuadrados (19,55 m2). Cuenta con una superficie total construida de
cincuenta y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados (58,65 m2), y su
superficie de ocupación es de diecinueve metros con cincuenta y cinco decímetros
cuadrados (19,55 m2), ocupando la totalidad del solar de su emplazamiento.
REFERENCIA CATASTRAL.- 2988332UF4528N0001AU.
Dicha finca es colindante de la finca de su titularidad.
Conforme al artículo 199 de la LH, el registrador notificará a los titulares registrales/
catastrales de parcelas colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que
puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su finca
registral.
Para ello, puede Usted comprobar mediante el Identificador Único Registral
29005000219884, en el siguiente enlace perteneciente al aparto de Alertas Gráficas del
Geoportal del Colegio de Registradores de España y donde podrá seleccionar las
distintas capas que crea conveniente, que la representación gráfica de la finca cuya
inscripción se solicita es correcta y no perjudica la situación física de su finca.
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/29005000219884
http://geoportal.registradores.org/geoportal/index.html
Esta finca registral se corresponde, conforme al artículo 45 del Texto Refundido de la
Ley de Catastro Inmobiliario, con la parcela con Referencia catastral:
2988332UF4528N0001AU por la que podrá también consultar la representación gráfica
en la sede electrónica.
Conforme al mismo precepto legal, podrá realizar cualquier alegación, en el plazo de
los veinte días siguientes a la recepción de esta notificación, ante el Registrador,
acreditando la titularidad de su derecho y los documentos que la fundamente.
Observaciones: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la representación gráfica y
lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la
finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica
expresadas.
Lo que comunico formalmente, en su condición de titular colindante registral/
catastral.
Coin, 20 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Mariano Martín Juanes
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-8eace31243581fc0799338e6080397faa3e0cd0a
Verificable en https://www.boe.es
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.