Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Murcia. (BOE-N-2025-454593)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CARAVACA DE LA CRUZ. Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento representacion grafica art. 199.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

artículo 199 de la Ley Hipotecaria iniciado con motivo de la presentación del documento
arriba referenciado, NOTIFICA al arriba indicado como destinatario y CERTIFICA, según
exige el artículo 240 de la Ley Hipotecaria, lo siguiente:
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica formalmente que se
ha iniciado el expediente regulado en dicho artículo, con la finalidad de calificar si
procede inscribir en el Registro de la Propiedad la representación gráfica y lista de
coordenadas de los vértices de la finca que a continuación se indicará en la información
adjunta, de cuya finca hay indicios de que pueda ser colindante con otra de la que usted
resulta titular catastral o registral.
Conforme al mismo precepto legal, podrá usted comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la recepción de la presente notificación ante el Registrador para alegar
lo que a su derecho convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador
decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien
no haya acreditado ser titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales
colindantes determine necesariamente la denegación de la inscripción. Si lo desea,
también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada, o con firma
electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que actúe, a la
dirección física del Registro que se indica al comienzo.
Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido
expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista
de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca
objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica expresadas.
INFORMACION ADJUNTA
Descripción registral actual.- Que la descripción registral de la finca a que el
expediente se refiere, según resulta del contenido del Registro, es la siguiente:
RUSTICA: Un trozo de tierra en termino municipal de Moratalla, diputación de Cañada de
la Cruz, sitio conocido por el Llano, de superficie tres hectáreas cuarenta y dos áreas
cuarenta y cinco centiáreas y setenta y cinco decímetros cuadrados; con los siguientes
linderos: Norte, finca vendida a Saturnino Marin Torrecilla y su esposa; Sur, finca vendida
a Juan Gonzalez Gomez y su esposa; Este, herederos de Bautista Bermudez y Oeste, el
señor Conde de Campillos.
Referencia catastral.- Que la referencia catastral alegada para dicha finca registral,
tomada de la certificación catastral descriptiva y gráfica aportada, es la siguiente:
30028A007001180000YF y 30028A007001200000YT.
Descripción ahora solicitada.- Al resultar del documento presentado manifestación
por parte de los interesados en el sentido de no existir correspondencia entre la realidad
física de la finca con la descripción literaria obrante en el Registro ni con la descripción
catastral que resulta de la citada certificación descriptiva y gráfica, se describe la finca
con la realidad física de la misma que, según manifiestan, es la siguiente: RÚSTICA. En
término municipal de Moratalla, Murcia, paraje de LAS LOMICAS Y CAÑADA DEL
CEMENTERIO, un trozo de terreno integrado por las PARCELAS 118 y 120 del
POLÍGONO 7, de superficie DOS HECTÁREAS, DIECISIETE ÁREAS, OCHENTA Y
CUATRO CENTIÁREAS Y CINCUENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS 2,178452
HA, destinada a terreno LABOR SECANO, subdividida a su vez en las dos siguientes
parcelas separadas por un camino: A.- Parcela 118 del polígono 7 de superficie
cincuenta y cuatro áreas, quince centiáreas y cuatro decímetros cuadrados, destinada a
terreno labor secano, que linda: Norte, camino marcado con el detalle topográfico 9004
que la separa de la parcela 120; Sur, Carretera RM-B23 marcada con el detalle
topográfico 9005; Este, parcela 117 del mismo polígono 7 y camino marcado con el
detalle topográfico 9004 que la separa de la parcela 120; y Oeste, Carretera RMB23
marcada con el detalle topográfico 9005 y parcela 119 del mismo polígono 7. B.- Parcela

cve: BOE-N-2025-cc676f40cec6222a5e223c1d91a0c9023c1ab65b
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 151