Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Murcia. (BOE-N-2025-454594)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CARAVACA DE LA CRUZ. Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento representacion grafica art. 199.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
DE LA REGION DE MURCIA, que suscribe, y en relación al procedimiento regulado en el
artículo 199 de la Ley Hipotecaria iniciado con motivo de la presentación del documento
arriba referenciado, NOTIFICA al arriba indicado como destinatario y CERTIFICA, según
exige el artículo 240 de la Ley Hipotecaria, lo siguiente:
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica formalmente que se
ha iniciado el expediente regulado en dicho artículo, con la finalidad de calificar si
procede inscribir en el Registro de la Propiedad la representación gráfica y lista de
coordenadas de los vértices de la finca que a continuación se indicará en la información
adjunta, de cuya finca hay indicios de que pueda ser colindante con otra de la que usted
resulta titular catastral o registral.
Conforme al mismo precepto legal, podrá usted comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la recepción de la presente notificación ante el Registrador para alegar
lo que a su derecho convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador
decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien
no haya acreditado ser titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales
colindantes determine necesariamente la denegación de la inscripción. Si lo desea,
también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada, o con firma
electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que actúe, a la
dirección física del Registro que se indica al comienzo.
Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido
expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista
de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca
objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica expresadas.
INFORMACION ADJUNTA
Descripción registral actual.- Que la descripción registral de las fincas parciales que
ahora se pretenden agrupar y a que el expediente se refiere, según resulta del contenido
del Registro, son las siguientes: 1. URBANA: En término municipal de Caravaca de la
Cruz, en el paraje denominado "Venta de Cavila", junto a la carretera C-330, una parcela
de suelo industrial o compatible con el uso industrial, parte de la parcela M-4, que forma
parte de la "Unidad de Actuación número Uno del Plan Parcial Sector Ampliación del
Polígono Industrial Cavila", según catastro calle Leonardo Torres Quevedo, que tiene una
superficie de dos mil doscientos veinte metros cuadrados y según reciente medición de
dos mil doscientos veintidós metros y cincuenta y tres decímetros cuadrados -2.222,53
m²-. Linda: Norte, calle C y B; Este, calle B, y Sur y Oeste, resto de finca matriz. Inscrita
con el número de finca registral 45.575. Y 2. URBANA.- En término de Caravaca de la
Cruz, en el paraje denominado "Venta de Cavila", junto a la carretera C-330, una parcela
de suelo industrial o compatible con el uso industrial, parte de la parcela M-4, que forma
parte de la Unidad de Actuación número Uno del Plan Parcial Sector Ampliación del
Polígono Industrial Cavila, -y según Catastro calle Leonardo Torres Quevedo-, que tiene
una superficie de cuatro mil trescientos noventa y cuatro metros y veinticuatro
decímetros cuadrados, y según reciente medición de cuatro mil trescientos setenta
metros y ochenta y tres decímetros cuadrados -4.370,83 m²-. Linda: Norte, calle C; Sur,
calle B; Este, calle B y resto de finca matriz, y Oeste, resto de finca matriz, sobre parte
de la cual y ocupando una extensión superficial de ochocientos seis metros cuadrados
se ha construido una nave industrial sin uso definido alzada a una sola planta, baja y
diáfana, con una superficie construida de ochocientos seis metros cuadrados y útil de
setecientos ochenta y cuatro metros cuadrados que linda por todos lados con la finca
sobre la que se alza, estando el resto de la parcela destinada a suelo industrial y
accesos de
cve: BOE-N-2025-a3ad0098cdac28c08b39c8d338dc214c3cf26dbc
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
DE LA REGION DE MURCIA, que suscribe, y en relación al procedimiento regulado en el
artículo 199 de la Ley Hipotecaria iniciado con motivo de la presentación del documento
arriba referenciado, NOTIFICA al arriba indicado como destinatario y CERTIFICA, según
exige el artículo 240 de la Ley Hipotecaria, lo siguiente:
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica formalmente que se
ha iniciado el expediente regulado en dicho artículo, con la finalidad de calificar si
procede inscribir en el Registro de la Propiedad la representación gráfica y lista de
coordenadas de los vértices de la finca que a continuación se indicará en la información
adjunta, de cuya finca hay indicios de que pueda ser colindante con otra de la que usted
resulta titular catastral o registral.
Conforme al mismo precepto legal, podrá usted comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la recepción de la presente notificación ante el Registrador para alegar
lo que a su derecho convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador
decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien
no haya acreditado ser titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales
colindantes determine necesariamente la denegación de la inscripción. Si lo desea,
también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada, o con firma
electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que actúe, a la
dirección física del Registro que se indica al comienzo.
Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido
expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista
de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca
objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica expresadas.
INFORMACION ADJUNTA
Descripción registral actual.- Que la descripción registral de las fincas parciales que
ahora se pretenden agrupar y a que el expediente se refiere, según resulta del contenido
del Registro, son las siguientes: 1. URBANA: En término municipal de Caravaca de la
Cruz, en el paraje denominado "Venta de Cavila", junto a la carretera C-330, una parcela
de suelo industrial o compatible con el uso industrial, parte de la parcela M-4, que forma
parte de la "Unidad de Actuación número Uno del Plan Parcial Sector Ampliación del
Polígono Industrial Cavila", según catastro calle Leonardo Torres Quevedo, que tiene una
superficie de dos mil doscientos veinte metros cuadrados y según reciente medición de
dos mil doscientos veintidós metros y cincuenta y tres decímetros cuadrados -2.222,53
m²-. Linda: Norte, calle C y B; Este, calle B, y Sur y Oeste, resto de finca matriz. Inscrita
con el número de finca registral 45.575. Y 2. URBANA.- En término de Caravaca de la
Cruz, en el paraje denominado "Venta de Cavila", junto a la carretera C-330, una parcela
de suelo industrial o compatible con el uso industrial, parte de la parcela M-4, que forma
parte de la Unidad de Actuación número Uno del Plan Parcial Sector Ampliación del
Polígono Industrial Cavila, -y según Catastro calle Leonardo Torres Quevedo-, que tiene
una superficie de cuatro mil trescientos noventa y cuatro metros y veinticuatro
decímetros cuadrados, y según reciente medición de cuatro mil trescientos setenta
metros y ochenta y tres decímetros cuadrados -4.370,83 m²-. Linda: Norte, calle C; Sur,
calle B; Este, calle B y resto de finca matriz, y Oeste, resto de finca matriz, sobre parte
de la cual y ocupando una extensión superficial de ochocientos seis metros cuadrados
se ha construido una nave industrial sin uso definido alzada a una sola planta, baja y
diáfana, con una superficie construida de ochocientos seis metros cuadrados y útil de
setecientos ochenta y cuatro metros cuadrados que linda por todos lados con la finca
sobre la que se alza, estando el resto de la parcela destinada a suelo industrial y
accesos de
cve: BOE-N-2025-a3ad0098cdac28c08b39c8d338dc214c3cf26dbc
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Núm. 151