Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Barcelona. (BOE-N-2025-454107)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BERGA. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento NOTIFICACIÓN COLINDANTES ART. 199 LH.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
La representación geográfica cuya inscripción se solicita podrá consultarse en https://
geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/08020000131926.
Observaciones importantes: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la
tramitación del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida
representación gráfica y lista de coordenadas, se presumirá que la finca objeto de los
derechos inscritos tiene la ubicación, extensión y delimitación geográfica expresadas,
con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38 ( es decir, que se entiende que estos datos
son ciertos tal y como constan en el Registro de la Propiedad, mientras no se pruebe lo
contrario en juicio).
Todo ello es consecuencia de la coordinación Catastro-Registro de la Propiedad que
se pretende logar con la reciente Ley 24 de junio de 2015, que entró en vigor el 1 de
noviembre del mismo 2015.
Cualquiera que desee lograr los beneficios de dicha presunción respecto de su finca,
sólo tiene que presentarse en el registro y rellenar una instancia.
cve: BOE-N-2025-a520ae715b2c725759fb777bdb28756ed11d5d1b
Verificable en https://www.boe.es
Berga, 19 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, José Lázaro Santos Echevarría
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
La representación geográfica cuya inscripción se solicita podrá consultarse en https://
geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/08020000131926.
Observaciones importantes: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la
tramitación del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida
representación gráfica y lista de coordenadas, se presumirá que la finca objeto de los
derechos inscritos tiene la ubicación, extensión y delimitación geográfica expresadas,
con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38 ( es decir, que se entiende que estos datos
son ciertos tal y como constan en el Registro de la Propiedad, mientras no se pruebe lo
contrario en juicio).
Todo ello es consecuencia de la coordinación Catastro-Registro de la Propiedad que
se pretende logar con la reciente Ley 24 de junio de 2015, que entró en vigor el 1 de
noviembre del mismo 2015.
Cualquiera que desee lograr los beneficios de dicha presunción respecto de su finca,
sólo tiene que presentarse en el registro y rellenar una instancia.
cve: BOE-N-2025-a520ae715b2c725759fb777bdb28756ed11d5d1b
Verificable en https://www.boe.es
Berga, 19 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, José Lázaro Santos Echevarría
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X