Administración Local. Córdoba. Ayuntamiento De Córdoba. (BOE-N-2025-453122)
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento de tratamiento residual de vehículos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÓRDOBA
AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento de
tratamiento residual de vehículos.
ID: N2500457436
Habiendo resultado infructuosa la notificación cuyo contenido se transcribe a
continuación y con CÓDIGO CSV uVOFmM2USwWruzTcbPLJuQMNeXccyv, es por lo
que procede la presente publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 44
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las
Administraciones Públicas. Con fecha 13/05/2025, con el nº. 2025/06890 he dictado
decreto del siguiente tenor literal: «A la vista del informe-propuesta suscrito por el técnico
de Policía Local (CODIGO CSVuVOFm5vupC5QwzcS3xzHVkz9yenMwS ), cuyo tenor
literal es: “El vehículo RENAULT KANGOO, matrícula 5447 HFY, propiedad de, con
DNI/CIF núm., fuere tirado de la vía pública y trasladado al Depósito Municipal de
Vehículos el pasado 06/11/2024, sin que hasta la fecha su titular haya formulado
alegaciones, por lo que habiendo transcurrido más de DOS MESES desdeque fue
retirado, procede iniciar procedimiento para ordenar el traslado del vehículo a un Centro
Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y contaminación,
de conformidad con lo establecido enel artículo 106.1 a) del Real Decreto Legislativo
6/2015. de 30 de Octubre,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV en adelante) y, en
concurrencia con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y suelos contaminados para
una economía circular yel Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al
final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos,
aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre." El artículo 106 LSV
establece que con anterioridad a la orden de traslado del vehículo deberá requerirse a su
titular, advirtiéndole que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se
efectuará el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos.
De conformidad con la Tarifa 10 de la Ordenanza Fiscal nº. 106 del Excmo.
Ayuntamiento de Córdoba, la tramitación de este procedimiento devenga una tasa de
382,22€. Esta tasa se reducirá en un 90% si se produce la renuncia por parte del
interesado a sus derechos sobre el vehículo con anterioridad a la finalización del
procedimiento administrativo.” Por ello, en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de medidas para la Modernización del Gobierno Local que me han sido
delegadas por Decretos de la Alcaldía número 8377 de 17 de junio de 2023 Decreto n.º
11490 de 11 de septiembre de 2023 y Decreto n.º 2024/12859 de 3 de septiembre de
2024, y las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local por el artículo 127 del
Título X de la misma Ley que me han sido delegadas por acuerdo de la Junta de
Gobierno Local número 602/23 de fecha 26 de junio, RESUELVO: PRIMERO: Iniciar
procedimiento para ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de
Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación. SEGUNDO:
Conceder al interesado un plazo de veinte días, contados a partir de la notificación del
cve: BOE-N-2025-4fc7d92d3b2765040fae18556651504e10eee0f8
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÓRDOBA
AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento de
tratamiento residual de vehículos.
ID: N2500457436
Habiendo resultado infructuosa la notificación cuyo contenido se transcribe a
continuación y con CÓDIGO CSV uVOFmM2USwWruzTcbPLJuQMNeXccyv, es por lo
que procede la presente publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 44
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las
Administraciones Públicas. Con fecha 13/05/2025, con el nº. 2025/06890 he dictado
decreto del siguiente tenor literal: «A la vista del informe-propuesta suscrito por el técnico
de Policía Local (CODIGO CSVuVOFm5vupC5QwzcS3xzHVkz9yenMwS ), cuyo tenor
literal es: “El vehículo RENAULT KANGOO, matrícula 5447 HFY, propiedad de, con
DNI/CIF núm., fuere tirado de la vía pública y trasladado al Depósito Municipal de
Vehículos el pasado 06/11/2024, sin que hasta la fecha su titular haya formulado
alegaciones, por lo que habiendo transcurrido más de DOS MESES desdeque fue
retirado, procede iniciar procedimiento para ordenar el traslado del vehículo a un Centro
Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y contaminación,
de conformidad con lo establecido enel artículo 106.1 a) del Real Decreto Legislativo
6/2015. de 30 de Octubre,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV en adelante) y, en
concurrencia con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y suelos contaminados para
una economía circular yel Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al
final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos,
aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre." El artículo 106 LSV
establece que con anterioridad a la orden de traslado del vehículo deberá requerirse a su
titular, advirtiéndole que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se
efectuará el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos.
De conformidad con la Tarifa 10 de la Ordenanza Fiscal nº. 106 del Excmo.
Ayuntamiento de Córdoba, la tramitación de este procedimiento devenga una tasa de
382,22€. Esta tasa se reducirá en un 90% si se produce la renuncia por parte del
interesado a sus derechos sobre el vehículo con anterioridad a la finalización del
procedimiento administrativo.” Por ello, en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de medidas para la Modernización del Gobierno Local que me han sido
delegadas por Decretos de la Alcaldía número 8377 de 17 de junio de 2023 Decreto n.º
11490 de 11 de septiembre de 2023 y Decreto n.º 2024/12859 de 3 de septiembre de
2024, y las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local por el artículo 127 del
Título X de la misma Ley que me han sido delegadas por acuerdo de la Junta de
Gobierno Local número 602/23 de fecha 26 de junio, RESUELVO: PRIMERO: Iniciar
procedimiento para ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de
Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación. SEGUNDO:
Conceder al interesado un plazo de veinte días, contados a partir de la notificación del
cve: BOE-N-2025-4fc7d92d3b2765040fae18556651504e10eee0f8
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Núm. 151