Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Notarías. Asturias. (BOE-N-2025-453854)
NOTARÍA DE ANA ISABEL BARRERA GAYOL DE VILLAVICIOSA. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento acta de requerimiento para la tramitación de expediente de dominio para la reanudación de tracto sucesivo interrumpido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Martes 24 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 5

Así mismo Doña María Albina García Huerta, adquirió el pleno dominio, con carácter
privativo, por herencia de su padre, Don Emilio García Díaz, en virtud de escritura de
Aprobación y Protocolización de Operaciones Particionales, otorgada en Villaviciosa el
día 22 de mayo de 1.996, ante el Notario Don José Ramón Álvarez-Barriada y
Fernández, bajo el número 261 de orden de su protocolo.
A su vez, su padre, Don Emilio García Díaz, adquirió el pleno dominio, con carácter
privativo, por herencia de sus padres, Don José García Fernández y Doña Cándida Díaz
García, en virtud de escritura de Protocolización de Operaciones Particionales, otorgada
en Colunga, el día 13 de noviembre de 1.955, ante el Notario Don Luis María de Campos
Setien, bajo el número 393 de orden de su protocolo.
Don José García Fernández y Doña Cándida Díaz García, adquirieron el pleno
dominio, con carácter ganancial, por compra constante matrimonio, a Don Vicente Piñera
Naredo, en virtud de escritura autorizada por el Notario de Infiesto Don Ramón
Fernández Prida, el 12 de octubre de 1.914.
Y Don Vicente Piñera Naredo, adquirió el pleno dominio, con carácter privativo, por
herencia de su padre, Don Pío Celestino Piñera Peón, (titular registral) en virtud de
documento privado, y sin que lo acredite documentalmente
IV.- Que las fincas descritas figuran inscritas en el Registro de la Propiedad de
Villaviciosa: finca 11.432, al tomo 206, libro 115, folio 137; finca 11.440, al tomo 206, libro
115, folio 160; finca 11.434, al tomo 206, libro 115, folio 142; finca 11.433, al tomo 206,
libro 115, folio 140; y finca 11.438, al tomo 206, libro 115, folio 152, y todas ellas a
nombre de Doña Agapita Caveda Zarracina, desde noviembre de 1.878; y la mitad
indivisa de la finca 12.411, al libro 812, folio 110, a nombre de Don Pío Celestino Piñera
Peón, desde agosto de 1.958.

VI.- Que por el Registro de la Propiedad de Villaviciosa, se procedió a expedir
Certificación del artículo 208 de la Ley Hipotecaria, el día 5 de junio de 2.025 habiéndose
practicado la Anotación letra “A” de iniciación de la reanudación de tracto sucesivo del
artículo 208 de la Ley Hipotecaria, de la finca 11.432, Código Registral Único
33019000874977, de la finca 11.440, Código Registral Único 33019000875172, de la
finca 11.434, Código Registral Único 33019000875004, de la finca 11.433, Código
Registral Único 33019000874991, de la finca 11.438, Código Registral Único
33019000875080, y de la finca 12.411, Código Registral Único 33019000204552.
VII.- Que ante la eventualidad de perjuicio para terceros, se hace pública la citada
tramitación a fin de que, en el plazo de un mes, cualquier interesado pueda comparecer
ante la infrascrita Notaria y alegar, lo que estime oportuno en defensa de sus derechos,
conforme al artículo 203 regla sexta de la Ley Hipotecaria. Si se formulase oposición por
cualquiera de los interesados, con expresión de la causa en que se funde, yo la Notario
daré por concluso el expediente, archivando las actuaciones, dando cuenta a la
Registradora de la Propiedad, sin perjuicio del derecho de la promotora del expediente
para entablar demanda en juicio declarativo contra los que se opusieren ante el Juez
competente. En otro caso el expediente continuará por los trámites legales.
Villaviciosa, 19 de junio de 2025.- El Notario. D./Dña. Ana Isabel Barrera Gayol

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V.- Que a los efectos de la tramitación del EXPEDIENTE, se hace constar que las
fincas descritas se hallan libres de toda clase de cargas, gravámenes, arrendatarios y
ocupantes, no habiéndose realizado en las mismas ninguna actividad contaminante del
suelo, a los efectos previstos en la Ley 7/2.022 de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.