Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Madrid. (BOE-N-2025-453414)
INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO. Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de defensa de consumidores y usuarios. Notificación del acuerdo de inicio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Martes 24 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO. Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025
en procedimiento sancionador en materia de defensa de consumidores y usuarios.
Notificación del acuerdo de inicio.
ID: N2500457238

Notificar a la persona interesada abajo relacionada, mediante la inserción de anuncio
en el Tablón Edictal Único, la resolución del inicio de expediente sancionador, referido a
infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios por vulneración del
artículo 47 e) del del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Número de expediente Interesado/a Fecha Resolución Incoación
183/2025/01710

47031922G

03/06/2025

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
habida cuenta que habiendo sido intentada la notificación individual no ha sido posible
practicarla.
Lo que se hace público para conocimiento de la persona interesada, advirtiéndole
que el expediente podrá ser consultado en las dependencias municipales del Servicio de
Inspección de Consumo sito en C/ Príncipe de Vergara, 140 28002 Madrid, debiéndose
poner en contacto a través del correo electrónico orconsumo@madrid.es, o bien del
teléfono 91 4801852.
La persona interesada tiene derecho a formular Alegaciones (artículo 6.3 del Decreto
245/2000), así como al trámite de audiencia y a proponer la práctica de las pruebas que
estimen pertinentes en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a
aquél en que se publique el presente edicto en el Tablón Edictal Único.
Transcurrido dicho plazo, y en el caso de haber hecho uso de su derecho, se pasará
a formular la oportuna Propuesta de Resolución o a ordenar el archivo de las
actuaciones.
No obstante, se advierte a la persona interesada que de no efectuarse alegaciones
sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto, la misma será
considerada Propuesta de Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo
6.2 a) del Decreto 245/2000.
Madrid, 18 de junio de 2025.- El Director General del Instituto Municipal de Consumo,
Armando Teixeiro Feijoo.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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