Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Madrid. (BOE-N-2025-453398)
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y VIGILANCIA DE LA CIRCULACIÓN. Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento de notificación de denuncia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y VIGILANCIA DE LA CIRCULACIÓN. Anuncio
de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento de notificación de denuncia.
ID: N2500458933

Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la
forma prevista en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial (en lo sucesivo LSV) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3
de la LSV se hace público lo siguiente:
"En uso de las facultades que me han sido delegadas por acuerdo de la Junta de
Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha de 29 de junio de 2023, BOCM 21 de julio de
2023, y de conformidad con lo que determina el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP)
RESUELVO lo siguiente:
1.-IMPONER las correspondientes multas a las personas físicas o jurídicas que,
identificadas en los respectivos expedientes sancionadores como responsables de las
infracciones denunciadas, figuran en la Relación cuyo número consta en el
encabezamiento, con expresión de la identidad de los interesados, del motivo y cuantía
de las sanciones y de otros datos especialmente significativos, que determinan, de forma
individualizada, los efectos del acto.
2.- COMUNICAR al Registro de Conductores e Infractores de la Jefatura Central de
Tráfico las personas responsables de las infracciones enumeradas en los Anexos II o IV
de la LSV que perderán en su permiso o licencia de conducción el número de puntos que
consten en cada caso, o hayan sido sancionados por infracciones de los artículos 76 o
77 de la LSV, en la Relación anteriormente citada.
3.- INFORMAR a los destinatarios de las resoluciones (...) que podrán interponer, con
carácter potestativo recurso de reposición ante mi Autoridad, en el plazo de UN MES
contado desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación o al de su
notificación por edictos, de acuerdo con las facultades que, para esta materia, me han
sido delegadas por la Junta de Gobierno. El escrito de interposición será presentado o
remitido a la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación (C/. Albarracín,
33, 28037 Madrid) o a cualquiera de los registros u oficinas a que hace referencia la
normativa sobre procedimiento administrativo, indicando el número de referencia del
expediente y la matrícula del vehículo. El plazo establecido para dictar y notificar la
resolución del recurso será de un mes. Transcurrido dicho plazo sin que la misma haya
recaído, podrá entenderse desestimado, por lo que, con independencia de la obligación
de resolver, quedará expedita la vía jurisdiccional ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo. En el supuesto de no formularse dicho recurso potestativo, el plazo para
interponer directamente el recurso contencioso-administrativo será de DOS MESES a
contar desde la recepción de esta resolución, o a su notificación edictal. PARA

cve: BOE-N-2025-7d40d7b06a3271987a27a8b59bd9d4ddded62f63
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Núm. 151