Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Ugao-miraballes. (BOE-N-2025-453040)
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Baja de Oficio en Padrón de Habitantes por Decreto de Alcaldía nº168/25.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE UGAO-MIRABALLES
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Baja de Oficio en
Padrón de Habitantes por Decreto de Alcaldía nº168/25.
ID: N2500452515
“Habiéndose presentado por Tarjeta residente X6397909E, en representación de DNI
04761916L, contrato de alquiler de la vivienda sita en este municipio, quien comunica
que no autoriza a que siga empadronada en dicha vivienda a la siguiente persona, por
no encontrarse actualmente habitando en la misma:
DNI 72712045Y
Examinado el Padrón Municipal de Habitantes de Ugao-Miraballes, aparece que en
dicha vivienda están efectivamente empadronada la persona citada anteriormente.
Entendiendo que dicha persona figura indebidamente inscrita en el Padrón Municipal
de Habitantes de Ugao-Miraballes, toda vez que según indica, por Tarjeta residente
X6397909E, en representación de DNI 04761916L, arrendatario de la vivienda en
cuestión, no habita en la misma actualmente.
Proveyendo que al desconocerse el lugar en que se les puede notificar esta
resolución, habrá de estarse a lo que regula el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, Procedimiento Administrativo Común.
Visto lo dispuesto en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por
la que se publica la resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,
por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del
Padrón municipal.
HE RESUELTO:
PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de
Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:
DNI 72712045Y
SEGUNDO: Dar audiencia al interesado, por un plazo de quince días, para que
pueda presentar alegaciones.
cve: BOE-N-2025-ea074b6c6c7fc4b0f3098c733ad752fd956605b0
Verificable en https://www.boe.es
Resultando que, están incumpliendo lo establecido en los artículos 54 y 68 del
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Considerando que según dispone el artículo 72 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales (redactado por R.D. 2612/1996 de 20
de diciembre), el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes
figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del
citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente
expediente en el que se dará audiencia a los interesados.
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE UGAO-MIRABALLES
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Baja de Oficio en
Padrón de Habitantes por Decreto de Alcaldía nº168/25.
ID: N2500452515
“Habiéndose presentado por Tarjeta residente X6397909E, en representación de DNI
04761916L, contrato de alquiler de la vivienda sita en este municipio, quien comunica
que no autoriza a que siga empadronada en dicha vivienda a la siguiente persona, por
no encontrarse actualmente habitando en la misma:
DNI 72712045Y
Examinado el Padrón Municipal de Habitantes de Ugao-Miraballes, aparece que en
dicha vivienda están efectivamente empadronada la persona citada anteriormente.
Entendiendo que dicha persona figura indebidamente inscrita en el Padrón Municipal
de Habitantes de Ugao-Miraballes, toda vez que según indica, por Tarjeta residente
X6397909E, en representación de DNI 04761916L, arrendatario de la vivienda en
cuestión, no habita en la misma actualmente.
Proveyendo que al desconocerse el lugar en que se les puede notificar esta
resolución, habrá de estarse a lo que regula el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, Procedimiento Administrativo Común.
Visto lo dispuesto en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por
la que se publica la resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,
por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del
Padrón municipal.
HE RESUELTO:
PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de
Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:
DNI 72712045Y
SEGUNDO: Dar audiencia al interesado, por un plazo de quince días, para que
pueda presentar alegaciones.
cve: BOE-N-2025-ea074b6c6c7fc4b0f3098c733ad752fd956605b0
Verificable en https://www.boe.es
Resultando que, están incumpliendo lo establecido en los artículos 54 y 68 del
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Considerando que según dispone el artículo 72 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales (redactado por R.D. 2612/1996 de 20
de diciembre), el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes
figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del
citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente
expediente en el que se dará audiencia a los interesados.