Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Amer. (BOE-N-2025-453163)
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento de retirada de un vehículo abandonado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Martes 24 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE AMER
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento de retirada de un
vehículo abandonado.
ID: N2500459901

Expediente: X2025000866
Desconocida la persona a notificar y de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, sin que haya podido practicarse de la notificación de la resolución relativa a la
retirada de un vehículo estacionado en la vía pública su titular por causas no imputables
a la administración, queda legalmente notificado el titular del vehículo, los datos del cual
se relacionan a continuación, mediante el presente edicto y su exposición en el tablón de
anuncios de la corporación:
Tipo: TURISMO
Marca: FORD
Modelo: MONDEO 18
Color: GRIS PLATA
Matrícula: 5526MF70 (faltan placas)
País: FRANCIA
Núm. de bastidor: WFOAXXGBBAYE12560
Estado del vehículo: Muy dañado en general y saboteado completamente
Todo esto, en virtud de lo que establece el artículo 194 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el artículo
44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y el artículo 58 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen
jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
Así, se notifica para su conocimiento y efectos oportunos la siguiente resolución:
PRIMERO.- REQUERIR formalmente a la persona titular del vehículo para que en el
límite de un mes retire el vehículo donde se encuentra estacionado.
SEGUNDO.- ADVERTIR a la persona titular del vehículo que si no lo retira en el
límite indicado el vehículo será tratado como residuo doméstico y se procederá a su
retirada y entregado a un ente gestor autorizado por el Departamento de Medio
Ambiente para su destrucción y descontaminación, siendo a su cargo los gastos que se
deriven.
Sin embargo sin perjuicio de las consecuencias que puedan derivarse de un
procedimiento sancionador por no atender el presente requerimiento, ya que tal conducta
puede ser constitutiva de una infracción leve tipificada por el artículo 75 TRLTSV, así

cve: BOE-N-2025-68211907119bd2b8cdb348cd230cf060b44d8647
Verificable en https://www.boe.es

Lugar de estacionamiento: Ctra. de Susqueda – Pista forestal Diseminado Can Puig