Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Sant Pere Pescador. (BOE-N-2025-453172)
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Denegación de empadronamiento.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE SANT PERE PESCADOR
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Denegación de
empadronamiento.
ID: N2500459361
Denegación de empadronamiento
Os notifico la Resolución de Alcaldía núm. 2025DECR000201 del día 15/05/2025 que
transcrita literalmente dice:
"DECRETO
Decreto de denegación de solicitud de inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes
ANTECEDENTES
Primero. Con fecha 30 de enero de 2025 tuvo entrada la solicitud de inscripción en el
Padrón Municipal de Habitantes con núm. de registro E2025000354 presentada por el Sr.
ABDESSLAM HARMAK, con pasaporte ***8507**, solicitando el empadronamiento en la
calle Tramuntana, núm. 6, 1-1 de Sant Pere Pescador.
Acompaña a la solicitud instancia del Sr. ADAMI HICHAM, con NIE ***1027**,
solicitando el empadronamiento del Sr. Harmak en el domicilio de referencia, y el
contrato de alquiler del inmueble a su favor.
Tercero. En fecha 25 de abril de 2025, por la Técnica de Administración General, se
emite informe propuesta de resolución, que se transcribe literalmente a continuación:
"INFORME JURÍDICO
PRIMERO. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el
Padrón del Municipio en el que resida habitualmente.
El Padrón Municipal es el Registro administrativo donde constan los vecinos de un
Municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el Municipio y del domicilio
habitual en el mismo. Las certificaciones que de estos actos se expidan tendrán carácter
de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.
Toda persona que cambie de residencia está obligada a solicitar por escrito el alta en
el padrón del nuevo Municipio, comunicando en la solicitud el municipio o el país de
procedencia. Asimismo, aquellas personas que viviendo habitualmente en el Municipio
no figuran inscritas en su Padrón Municipal deberán solicitar su inscripción en el mismo,
por omisión.
cve: BOE-N-2025-f47af5534f2f99952cffa95fd9b5e8631aada76b
Verificable en https://www.boe.es
Segundo. Con fecha 20 de febrero de 2025, el Cuerpo de Vigilantes Municipales
emite una nota informativa relativa a las personas que viven en el inmueble de
referencia, en el que se hace constar que, personados en la dirección indicada el día 14
de febrero de 2025 a las 14:50 h, y el día 20 de febrero de 2025 a las 17:30 h, no se
encuentra al solicitante.
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE SANT PERE PESCADOR
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Denegación de
empadronamiento.
ID: N2500459361
Denegación de empadronamiento
Os notifico la Resolución de Alcaldía núm. 2025DECR000201 del día 15/05/2025 que
transcrita literalmente dice:
"DECRETO
Decreto de denegación de solicitud de inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes
ANTECEDENTES
Primero. Con fecha 30 de enero de 2025 tuvo entrada la solicitud de inscripción en el
Padrón Municipal de Habitantes con núm. de registro E2025000354 presentada por el Sr.
ABDESSLAM HARMAK, con pasaporte ***8507**, solicitando el empadronamiento en la
calle Tramuntana, núm. 6, 1-1 de Sant Pere Pescador.
Acompaña a la solicitud instancia del Sr. ADAMI HICHAM, con NIE ***1027**,
solicitando el empadronamiento del Sr. Harmak en el domicilio de referencia, y el
contrato de alquiler del inmueble a su favor.
Tercero. En fecha 25 de abril de 2025, por la Técnica de Administración General, se
emite informe propuesta de resolución, que se transcribe literalmente a continuación:
"INFORME JURÍDICO
PRIMERO. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el
Padrón del Municipio en el que resida habitualmente.
El Padrón Municipal es el Registro administrativo donde constan los vecinos de un
Municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el Municipio y del domicilio
habitual en el mismo. Las certificaciones que de estos actos se expidan tendrán carácter
de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.
Toda persona que cambie de residencia está obligada a solicitar por escrito el alta en
el padrón del nuevo Municipio, comunicando en la solicitud el municipio o el país de
procedencia. Asimismo, aquellas personas que viviendo habitualmente en el Municipio
no figuran inscritas en su Padrón Municipal deberán solicitar su inscripción en el mismo,
por omisión.
cve: BOE-N-2025-f47af5534f2f99952cffa95fd9b5e8631aada76b
Verificable en https://www.boe.es
Segundo. Con fecha 20 de febrero de 2025, el Cuerpo de Vigilantes Municipales
emite una nota informativa relativa a las personas que viven en el inmueble de
referencia, en el que se hace constar que, personados en la dirección indicada el día 14
de febrero de 2025 a las 14:50 h, y el día 20 de febrero de 2025 a las 17:30 h, no se
encuentra al solicitante.