Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Vall De Bianya, La. (BOE-N-2025-453174)
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Bajas de oficio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE VALL DE BIANYA, LA
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Bajas de oficio.
ID: N2500459532
Visto el expediente incoado en virtud de resolución de la Alcaldía de este
ayuntamiento de fecha 23 de abril de 2025 para resolver la baja del padrón de habitantes
del municipio, por inscripción indebida, de las personas que no cumplen con el
requerimiento de residencia del artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de los entes locales, aprobado por Real Decreto 141/2024, de 6 de febrero.
En virtud de las facultades que me atribuye la legislación de Régimen Local vigente,
dispongo:
PRIMERO.- Declarar la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio,
por no haber manifestado si estaba o no de acuerdo con la misma, las personas
siguientes:
Documento
Y09811679P
41569100G
47933857V
SEGUNDO.- Determinar como fecha efectiva de la Baja la correspondiente a la de la
notificación personal o, en caso de no ser posible, por los medios alternativos que la
normativa actual prevé.
Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición
ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación.
También se puede interponer cualquier otro recurso que se considere adecuado y
que sea procedente de conformidad con la normativa vigente.
la Vall de Bianya, 20 de junio de 2025.- Santi Reixach Garriga (Alcalde)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-5ad9609cff722ddbc4dd96b3cd377190b40090da
Verificable en https://www.boe.es
Si desea impugnar esta resolución, debe interponer recurso contencioso
administrativo ante la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su notificación.
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE VALL DE BIANYA, LA
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Bajas de oficio.
ID: N2500459532
Visto el expediente incoado en virtud de resolución de la Alcaldía de este
ayuntamiento de fecha 23 de abril de 2025 para resolver la baja del padrón de habitantes
del municipio, por inscripción indebida, de las personas que no cumplen con el
requerimiento de residencia del artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de los entes locales, aprobado por Real Decreto 141/2024, de 6 de febrero.
En virtud de las facultades que me atribuye la legislación de Régimen Local vigente,
dispongo:
PRIMERO.- Declarar la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio,
por no haber manifestado si estaba o no de acuerdo con la misma, las personas
siguientes:
Documento
Y09811679P
41569100G
47933857V
SEGUNDO.- Determinar como fecha efectiva de la Baja la correspondiente a la de la
notificación personal o, en caso de no ser posible, por los medios alternativos que la
normativa actual prevé.
Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición
ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación.
También se puede interponer cualquier otro recurso que se considere adecuado y
que sea procedente de conformidad con la normativa vigente.
la Vall de Bianya, 20 de junio de 2025.- Santi Reixach Garriga (Alcalde)
https://www.boe.es
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cve: BOE-N-2025-5ad9609cff722ddbc4dd96b3cd377190b40090da
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Si desea impugnar esta resolución, debe interponer recurso contencioso
administrativo ante la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su notificación.