Administración Local. La Rioja. Ayuntamiento De Calahorra. (BOE-N-2025-453327)
Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento Autorización especial de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional para la celebración de LOS festivales Gran Reserva y Holika 2025: Autorización provisional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 3

Consta en el expediente la Póliza de seguro RS-G-394.000.685 y Certificación de
fecha 17 de junio de 2.025 de la Correduría de Seguros Howden Iberia S.A.U.. indicando
que dicha póliza de seguro atenderá los posibles daños personales y materiales,
incluyendo el riesgo de incendio, derivados de la celebración, del Festival Gran Reserva
los días 20 a 22 de junio de 2.025 y Festival Holika los días 25 al 29 de junio de 2.025.
Asimismo se indica en las mismas que el contrato de seguros actualmente se encuentra
en vigor y al corriente de pago de la prima, teniendo su próximo vencimiento el 29 de
abril de 2.026.
Visto que consta en el expediente la Resolución de la Dirección General de Medio
Natural y Paisaje de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio
Ambiente del Gobierno de La Rioja por la que se autoriza a la empresa Burcor
Producciones S.L. al lanzamiento de fuegos artificiales los días 26, 27 y 28 de junio de
2.025, en el Parking de la Catedral (parcela 75 del polígono 52), con las condiciones que
se indican.
Visto que consta en el expediente la Resolución de la Demarcación de Carreteras del
Estado en La Rioja, sobre autorización para instalación temporal de cerramiento
perimetral de la zona de descanso anexa a la carretera. Dicho cerramiento se ubica
dentro de la zona de protección de uno de los ramales de la carretera N-232 en el pk
358+600 en el término municipal de Calahorra (La Rioja).
Considerando que la actividad solicitada está incluida en el epígrafe de “Conciertos y
festivales” del Anexo: Catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y
establecimientos e instalaciones del Anexo de la Ley 4/2000, de 25 de octubre, de
Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de La
Rioja dentro del apartado I “Espectáculos públicos”, siéndole de aplicación los artículos
15 (“Instalaciones eventuales. Plazas portátiles”); 5 (“Condiciones técnicas de los
establecimientos”); 13 (“Comprobación administrativa”) y 16 (“Autorizaciones
especiales”), y teniendo en cuenta que la autorización para la realización del espectáculo
corresponde a esta Administración local, por realizarse en vías públicas o espacios de
uso público del término municipal, conforme a la Ley 4/2000. No requerirá autorización
especial de la Administración Autonómica por figurar la actividad en el catálogo de dicha
Ley, no tener lugar en vías públicas de más de un término municipal, no tratarse de
espectáculos taurinos, ni constar que se utilicen animales, según el artículo 16 de la Ley
4/2000 citado.
Considerando que sobre las parcelas de titularidad pública municipal la autorización
de la actividad conllevará la correspondiente autorización demanial, conforme al artículo
77 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, Reglamento de Bienes de las Entidades
Locales y artículo 182 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La
Rioja. Dicha autorización se otorgará de modo discrecional y a precario, de forma que
podrá ser revocada por el Ayuntamiento en cualquier momento, sin derecho a
indemnización, por razones de interés público.
Considerando que la competencia para otorgar la autorización corresponde a la
Alcaldía Presidencia, conforme al artículo 21,1, q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, habiendo sido delegada dicha competencia
en la Junta de Gobierno Local por Decreto de Alcaldía nº 27 de fecha 7 de enero de
2.025 (BOR nº 6 de 10/01/2025), si bien teniendo en cuenta las fechas previstas para la
celebración de los Festivales Gran Reserva 2025 y Holika 2025, y siendo precisa la
comprobación previa por los servicios técnicos municipales y la emisión de informe
favorable para la concesión de la autorización definitiva de los citados eventos, resulta
urgente la concesión de la presente autorización, no pudiendo demorar su otorgamiento
a la celebración de la próxima sesión de la Junta de Gobierno Local.
Vistos los informes favorables emitidos por los servicios técnicos y jurídicos del Area
de Urbanismo.

cve: BOE-N-2025-87761ee968aef0a7ac6f24bebe760590ddf90f89
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Núm. 151