Administración Local. Ciudad Real. Ayuntamiento De Tomelloso. (BOE-N-2025-453114)
Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento Edicto sobre no procedencia de solicitud de Inscripción padronal de G.A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO
Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento Edicto sobre no
procedencia de solicitud de Inscripción padronal de G.A.
ID: N2500459598
EDICTO
Intentada notificación y no habiéndose podido practicar, por causas ajenas a este
Ayuntamiento, se da publicidad de resolución de alcaldía de fecha 16 de junio de 2025,
de conformidad con lo dispuesto en el Art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el siguiente
tenor:
“Vista la instancia de Solicitud de Inscripción Padronal presentada en el Registro
General de este Ayuntamiento con fecha 22 de abril de 2025, a nombre de don
GHAZANFAR ALI.
Considerando el artículo 17.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local que dice:
“Los Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para
mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en éstos
concuerden con la realidad. (….)”
Considerando el apartado 1.10 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, donde se dice que:
“antes de proceder al alta, o a la modificación de datos en el Padrón, el
Ayuntamiento, presentada la correspondiente solicitud por parte del interesado, ordenará
los actos de trámite necesarios para comprobar la veracidad de los datos consignados
en la solicitud, dictando la correspondiente resolución”
(...)
Visto que en la vivienda sita en la Avda. Virgen de las Viñas, ** figuran otras
personas empadronadas y la persona interesada no aporta autorización de persona
mayor de edad empadronada en la vivienda que aporte documentación que legitime la
ocupación de la vivienda, se solicita Informe a la Policía Local.
Visto el Informe de Policía Local, de 20 de mayo de 2025, donde se indica que don
GHAZANFAR ALI no reside el domicilio indicado en su solicitud, en la Avda. Virgen de
las Viñas, **. Residiendo otras personas el dicho domicilio.
En virtud de las facultades que me atribuye el artículo 21.s de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
HE RESUELTO:
cve: BOE-N-2025-62412669c1a686681c4d879dde950d11b70dc480
Verificable en https://www.boe.es
(...)
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO
Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento Edicto sobre no
procedencia de solicitud de Inscripción padronal de G.A.
ID: N2500459598
EDICTO
Intentada notificación y no habiéndose podido practicar, por causas ajenas a este
Ayuntamiento, se da publicidad de resolución de alcaldía de fecha 16 de junio de 2025,
de conformidad con lo dispuesto en el Art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el siguiente
tenor:
“Vista la instancia de Solicitud de Inscripción Padronal presentada en el Registro
General de este Ayuntamiento con fecha 22 de abril de 2025, a nombre de don
GHAZANFAR ALI.
Considerando el artículo 17.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local que dice:
“Los Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para
mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en éstos
concuerden con la realidad. (….)”
Considerando el apartado 1.10 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, donde se dice que:
“antes de proceder al alta, o a la modificación de datos en el Padrón, el
Ayuntamiento, presentada la correspondiente solicitud por parte del interesado, ordenará
los actos de trámite necesarios para comprobar la veracidad de los datos consignados
en la solicitud, dictando la correspondiente resolución”
(...)
Visto que en la vivienda sita en la Avda. Virgen de las Viñas, ** figuran otras
personas empadronadas y la persona interesada no aporta autorización de persona
mayor de edad empadronada en la vivienda que aporte documentación que legitime la
ocupación de la vivienda, se solicita Informe a la Policía Local.
Visto el Informe de Policía Local, de 20 de mayo de 2025, donde se indica que don
GHAZANFAR ALI no reside el domicilio indicado en su solicitud, en la Avda. Virgen de
las Viñas, **. Residiendo otras personas el dicho domicilio.
En virtud de las facultades que me atribuye el artículo 21.s de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
HE RESUELTO:
cve: BOE-N-2025-62412669c1a686681c4d879dde950d11b70dc480
Verificable en https://www.boe.es
(...)