Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Algeciras. (BOE-N-2025-453051)
Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento administrativo sancionador, resoluciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Martes 24 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÁDIZ
AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento administrativo
sancionador, resoluciones.
ID: N2500453087

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 41, 42, 44 y 45 de la Ley
39/2015, de 01 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se hace pública la notificación de las resoluciones de
procedimientos sancionadores que se indican, instruidos en el Área de Seguridad
Ciudadana, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan,
tras no haberse podido practicar la notificación intentada en los últimos domicilios
conocidos.
El correspondiente expediente obra en la unidad de sanciones del Área de Seguridad
Ciudadana de este Exmo. Ayuntamiento de Algeciras, sita en la calle Regino Martínez
número 16, segunda planta, por si desea ejercer el derecho de acceso permanente y
conocer el estado de la tramitación y obtener copias de los documentos contenidos en el
mismo.
Así mismo, y contra la misma que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca
lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de
reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la
desestimación presunta.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
recepción de esta notificación.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
N.º expediente

Interesado

Artículo
Infringido

Norma infringida

cve: BOE-N-2025-e3873437f8122c10d56ece19b68cd54c56bc9be8
Verificable en https://www.boe.es

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el
acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de esta notificación.