Administración Local. Navarra. Ayuntamiento De Estella-lizarra. (BOE-N-2025-453572)
Anuncio de notificación de 13 de junio de 2025 en procedimiento Sancionador de Tráfico y Seguridad Vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Martes 24 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
NAVARRA
AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA
Anuncio de notificación de 13 de junio de 2025 en procedimiento Sancionador de Tráfico
y Seguridad Vial.
ID: N2500459050

Acto que se notifica: Resolución sancionadora Multas de Tráfico
Relación: TE25061S
Conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con
lo igualmente establecido en esta materia por los arts. 90 y 91 del RDL 6/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV), se notifica a las personas que se relacionan a
continuación, las sanciones que les han sido impuestas como infractores de la LSV, del
Reglamento General de Circulación y de la Ordenanza Municipal de Circulación, ya que
habiéndose intentado la notificación en la Dirección Electrónica Vial, o en caso de no
disponer de ella, en el domicilio regulado en el artículo 90 de la LSV, esta no se ha
podido practicar.

La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto
impugnado ni la de la sanción. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de
la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la
solicitud sin que se haya resuelto. El recurso de reposición se entenderá desestimado si
no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando expedita la vía
contencioso-administrativa. De no hacerse efectivo el importe de la multa dentro de los
quince días naturales siguientes a la firmeza de la sanción, su exacción se llevará a cabo
por el Procedimiento de Apremio, conforme dispone el art. 110.2 del RDL 6/2015. Una
vez firme la sanción en vía administrativa, si procede, se detraerá, del permiso o licencia
de conducción, los puntos correspondientes.
Formas de Pago: Podrán dirigirse al número de atención al ciudadano Tlf. 948 550
155 en horario de 9:30 a 13:30, donde se informará de todos los medios de pago
disponibles.
Presentación de documentos: Si interpone Recurso de Reposición, puede
presentarlo en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los registros,
oficinas y dependencias previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre.

cve: BOE-N-2025-164a97fa12869999a612be2916e30f2f13e5e16c
Verificable en https://www.boe.es

Transcurrido el período de veinte días naturales desde que la notificación se hubiese
publicado en el BOE, se entenderá que ésta ha sido practicada. Contra la presente
resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un
mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, o bien, alternativamente,
pueden interponer recurso ante los Juzgados del Contencioso-Administrativo en cuya
circunscripción tenga su domicilio o se halle la sede del órgano que dictó el acto
originario impugnado, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de
publicación del presente edicto en el BOE.