Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De La Región De Murcia. Consejería De Fomento E Infraestructuras. (BOE-N-2025-449775)
SECRETARÍA GENERAL DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento en materia de transportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Lunes 23 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
SECRETARÍA GENERAL DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS. Anuncio de
notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento en materia de transportes.
ID: N2500455634

Asunto: Notificación de la resolucion sancionadora al denunciado mediante
publicación BOE. Expediente MU/00262/2025 contra DEMNATI SAID
Se pone en conocimiento de los interesados que a continuación se detallan, que, en
virtud de los expedientes que asimismo se indican, por esta Dirección General, en el
ejercicio de las facultades conferidas por el art. 146 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, art.
10 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, y art. 31 del Decreto número 42/2005, de 6
de mayo (BORM, núm. 108, de 13 de mayo), se han dictado resoluciones imponiendo
sanciones en materia de transportes:
Nº de Expediente:

MU/00262/2025

Denunciado:

DEMNATI SAID

Denunciante:

Subsector de Tráfico de la Guardia Civil

Hechos:

TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE MARRUECOS HASTA PAISES BAJOS
CARECIENDO, FALTANDO DATOS ESENCIALES U OCULTANDO LA
DOCUMENTACIÓN DE CONTROL. CARECE DE DOCUMENTO DE CONTROL

Norma Infringida:

Art. 141.17 LOTT Art. 198.21 ROTT

Sanción propuesta:

401,00 euros

Fecha Denuncia:

24/09/2024

Liquidación:

NUM_JUSTIFICANTE

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 215.1) del Real Decreto 1211/1990, de 28
de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la LOTT, la sanción deberá
hacerse efectiva en el plazo de 15 DIAS contados a partir del día siguiente a su firmeza,
salvo en aquellos casos en que el interesado haya optado voluntariamente por el pago
de la sanción. Al objeto de proceder al pago, el interesado podrá solicitar la
liquidación/carta de pago en este Servicio de Inspección y Sanciones (despacho 128),
Plaza Santoña, nº 6, MURCIA.
Igualmente, se informa que, de conformidad con el artículo 69 del Real Decreto
939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación,
para las sanciones no ingresadas en el plazo indicado, se iniciará la recaudación en
período ejecutivo y el procedimiento de apremio al día siguiente al vencimiento del plazo
de ingreso en período voluntario.
Y para que conste y les sirva de notificación legal en los términos del art. 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, al haber resultado desconocidos en sus domicilios o

cve: BOE-N-2025-1674e619984e5be017b44f404f8eca43b0ec462c
Verificable en https://www.boe.es

Precepto Sancionador: Orden FOM/2861/12