Estado. Ministerio De Defensa. Instituto Social De Las Fuerzas Armadas. (BOE-N-2025-449327)
SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento de reintegro de prestaciones indebidamente percibidas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE DEFENSA
INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en
procedimiento de reintegro de prestaciones indebidamente percibidas.
ID: N2500447374
La presente resolución no es firme y puede ser objeto de recurso de alzada ante la
Ministra de Defensa en el plazo de un mes de conformidad con lo dispuesto en el artículo
122 de la citada Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Los interesados podrán solicitar, acreditando su identidad, una copia de dicha
resolución, compareciendo en la Subdirección de Prestaciones del ISFAS (O.A), calle
Alcalá, 120, 3ª Planta, 28009, Madrid, en el plazo máximo de diez días hábiles contados
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Si transcurrido dicho
plazo no hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos
legales desde el siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Madrid, 16 de junio de 2025.- El Secretario General Gerente del ISFAS, José Javier
Rodrigo de Azpiazu
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-66de7d2e0aec285d6a2153f4167b8f575ee6918f
Verificable en https://www.boe.es
Habiendo fallecido el día 28 de febrero de 2024 el afiliado, titular por derecho propio,
con D.N.I. 11.415.932-C, perceptor de una pensión complementaria por inutilidad para el
servicio por importe de 141,24 euros mes y de una prestación por gran invalidez por
importe de 1175,12 euros mes, y no teniéndose conocimiento de dicha defunción en este
Instituto hasta el día 21 de mayo de 2024, con la consiguiente percepción indebida de las
prestaciones correspondientes a los meses de marzo y abril de 2024, no habiéndose
formulado alegación alguna por sus herederos al procedimiento de reintegro de
prestaciones indebidamente percibidas incoado por la Subdirección de Prestaciones del
ISFAS (O.A), de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de
Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas al no
ser posible su notificación a dichos herederos, se les comunica que por la Subdirectora
de Prestaciones del ISFAS (O.A) (P.D. del Secretario General Gerente, Resolución
4BO/38106/2019 de 11 de abril) se ha dictado resolución de 19 de mayo de 2025
declarando indebidamente percibida la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y
DOS EUROS CON SETENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO (2632,72 EUROS), -282,48
por la pensión complementaria de inutilidad y 2.350,24 por la prestación de gran
invalidez-, concediéndoseles un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente
a la presente notificación, para que puedan proceder a su ingreso en la cuenta corriente
del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, en la oficina BBVA, significándoseles que de
no proceder a su ingreso en el plazo indicado, se iniciaría el procedimiento
correspondiente ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria para su cobro por
vía ejecutiva.
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE DEFENSA
INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en
procedimiento de reintegro de prestaciones indebidamente percibidas.
ID: N2500447374
La presente resolución no es firme y puede ser objeto de recurso de alzada ante la
Ministra de Defensa en el plazo de un mes de conformidad con lo dispuesto en el artículo
122 de la citada Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Los interesados podrán solicitar, acreditando su identidad, una copia de dicha
resolución, compareciendo en la Subdirección de Prestaciones del ISFAS (O.A), calle
Alcalá, 120, 3ª Planta, 28009, Madrid, en el plazo máximo de diez días hábiles contados
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Si transcurrido dicho
plazo no hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos
legales desde el siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Madrid, 16 de junio de 2025.- El Secretario General Gerente del ISFAS, José Javier
Rodrigo de Azpiazu
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-66de7d2e0aec285d6a2153f4167b8f575ee6918f
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Habiendo fallecido el día 28 de febrero de 2024 el afiliado, titular por derecho propio,
con D.N.I. 11.415.932-C, perceptor de una pensión complementaria por inutilidad para el
servicio por importe de 141,24 euros mes y de una prestación por gran invalidez por
importe de 1175,12 euros mes, y no teniéndose conocimiento de dicha defunción en este
Instituto hasta el día 21 de mayo de 2024, con la consiguiente percepción indebida de las
prestaciones correspondientes a los meses de marzo y abril de 2024, no habiéndose
formulado alegación alguna por sus herederos al procedimiento de reintegro de
prestaciones indebidamente percibidas incoado por la Subdirección de Prestaciones del
ISFAS (O.A), de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de
Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas al no
ser posible su notificación a dichos herederos, se les comunica que por la Subdirectora
de Prestaciones del ISFAS (O.A) (P.D. del Secretario General Gerente, Resolución
4BO/38106/2019 de 11 de abril) se ha dictado resolución de 19 de mayo de 2025
declarando indebidamente percibida la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y
DOS EUROS CON SETENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO (2632,72 EUROS), -282,48
por la pensión complementaria de inutilidad y 2.350,24 por la prestación de gran
invalidez-, concediéndoseles un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente
a la presente notificación, para que puedan proceder a su ingreso en la cuenta corriente
del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, en la oficina BBVA, significándoseles que de
no proceder a su ingreso en el plazo indicado, se iniciaría el procedimiento
correspondiente ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria para su cobro por
vía ejecutiva.