Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Inca. (BOE-N-2025-450449)
PADRÓN. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento Notificación Bajas Caducidad E111 23442025.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
de Estadística de fecha 30/05/2025, esta Alcaldía en uso de las atribuciones que le
confiere la Normativa vigente, tiene a bien decretar la siguiente,
RESOLUCIÓN
1. - Proceder a la baja por caducidad en el fichero informático del vigente Padrón
Municipal de Habitantes renovado a 1 de mayo de 1996, por no haber efectuado el acto
expreso de renovación padronal establecido en el Anexo de la Resolución de 28 de abril
anterior, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación
Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el
procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los
extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean
renovadas cada dos años (BOE núm. 128 de 30.05.05), de las siguientes personas de
nacionalidad extranjera no comunitaria sin autorización de residencia permanente cuya
fecha de inscripción padronal consta en la relación personalizada que figura a
continuación:
número documento Sg
Domicilio
Num Esc Piso Pta
Y8247413H
C/
BARTOMEU COC
32
P03
AAC171671
C/
LLORENÇ VILLALONGA 15
P06
RH7078296
C/
GABRIEL ALOMAR
14
PBJ
Z0989344G
C/
BARTOMEU COC
32
P02
Y9546017L
C/
EIVISSA
106
P03
TG7295080
PLAÇA BLANQUER
56
SOT 0001
Y9035960X
C/
CASTELL DE BELLVER
10
P01
A
AQ200974
C/
GABRIEL BUADES
17
P03
D
Y8605915L
C/
GABRIEL ALOMAR
14
PBJ
Y8605969G
C/
GABRIEL ALOMAR
14
PBJ
A
A
2.- Las bajas por caducidad incluidas en el presente decreto serán efectivas en el
momento de producirse su notificación a los interesados o, en su caso, publicación por
edictos en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón Municipal de Edictos.
3.- Incluir las presentes caducidades en los resultados numéricos de la revisión anual
del Padrón Municipal de Habitantes que se apruebe en su día.
5.- Comunicar al Instituto Nacional de Estadística las bajas por caducidad incluidas
en el presente Decreto, a través de fichero informatizado de intercambio con el mismo.
6.- Dejar sin efecto el contenido de este Decreto para todos los extranjeros que
figuran relacionados en el apartado 1º del mismo que durante el tiempo que media entre
su aprobación y notificación hayan efectuado el acto expreso de renovar la inscripción
padronal, una baja, modificación de datos personales o cambio de domicilio.
Recursos.- Contra este acuerdo que agota la vía administrativa, de conformidad con
el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común, el artículo 52.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril de 1985, de bases de régimen local,
y otras normas concordantes y complementarias, se podrán interponer, alternativamente,
los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de
la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del
día siguiente de la notificación del presente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en
el art. 46.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-N-2025-58fd89afba9b83ef001d8147665399c24cbf1bbd
Verificable en https://www.boe.es
4.- Notificar la presente Resolución a los interesados.
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
de Estadística de fecha 30/05/2025, esta Alcaldía en uso de las atribuciones que le
confiere la Normativa vigente, tiene a bien decretar la siguiente,
RESOLUCIÓN
1. - Proceder a la baja por caducidad en el fichero informático del vigente Padrón
Municipal de Habitantes renovado a 1 de mayo de 1996, por no haber efectuado el acto
expreso de renovación padronal establecido en el Anexo de la Resolución de 28 de abril
anterior, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación
Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el
procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los
extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean
renovadas cada dos años (BOE núm. 128 de 30.05.05), de las siguientes personas de
nacionalidad extranjera no comunitaria sin autorización de residencia permanente cuya
fecha de inscripción padronal consta en la relación personalizada que figura a
continuación:
número documento Sg
Domicilio
Num Esc Piso Pta
Y8247413H
C/
BARTOMEU COC
32
P03
AAC171671
C/
LLORENÇ VILLALONGA 15
P06
RH7078296
C/
GABRIEL ALOMAR
14
PBJ
Z0989344G
C/
BARTOMEU COC
32
P02
Y9546017L
C/
EIVISSA
106
P03
TG7295080
PLAÇA BLANQUER
56
SOT 0001
Y9035960X
C/
CASTELL DE BELLVER
10
P01
A
AQ200974
C/
GABRIEL BUADES
17
P03
D
Y8605915L
C/
GABRIEL ALOMAR
14
PBJ
Y8605969G
C/
GABRIEL ALOMAR
14
PBJ
A
A
2.- Las bajas por caducidad incluidas en el presente decreto serán efectivas en el
momento de producirse su notificación a los interesados o, en su caso, publicación por
edictos en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón Municipal de Edictos.
3.- Incluir las presentes caducidades en los resultados numéricos de la revisión anual
del Padrón Municipal de Habitantes que se apruebe en su día.
5.- Comunicar al Instituto Nacional de Estadística las bajas por caducidad incluidas
en el presente Decreto, a través de fichero informatizado de intercambio con el mismo.
6.- Dejar sin efecto el contenido de este Decreto para todos los extranjeros que
figuran relacionados en el apartado 1º del mismo que durante el tiempo que media entre
su aprobación y notificación hayan efectuado el acto expreso de renovar la inscripción
padronal, una baja, modificación de datos personales o cambio de domicilio.
Recursos.- Contra este acuerdo que agota la vía administrativa, de conformidad con
el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común, el artículo 52.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril de 1985, de bases de régimen local,
y otras normas concordantes y complementarias, se podrán interponer, alternativamente,
los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de
la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del
día siguiente de la notificación del presente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en
el art. 46.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-N-2025-58fd89afba9b83ef001d8147665399c24cbf1bbd
Verificable en https://www.boe.es
4.- Notificar la presente Resolución a los interesados.