Administración Local. Castellón. Diputación Provincial De Castelló/castellón. (BOE-N-2025-450259)
GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN. Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimientos Resoluciones de sanciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓ/CASTELLÓN
GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN. Anuncio de notificación de 18 de junio de
2025 en procedimientos Resoluciones de sanciones.
ID: N2500455605
EDICTO de la Diputación Provincial de Castellón por el que se notifican resoluciones
de expedientes sancionadores.
SERVICIO DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90, 91 y 92 del Texto Refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en adelante LSV, se hace pública
notificación a las personas o entidades que a continuación se relaciona de las
resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia de tráfico y
seguridad vial que se indica ya que, habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido o en la dirección electrónica vial que en su caso tuviesen asignada,
ésta no se ha podido practicar.
Transcurrido el período de veinte días naturales desde que la notificación se hubiese
publicado en el BOE se entenderá que ésta ha sido practicada, dándose por cumplido
dicho trámite.
CONTRA estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con lo dicho en el párrafo
anterior, se entienda que la notificación ha sido practicada, ante el Alcalde del municipio
donde se cometió la infracción o Concejal en quien delegue, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 96.2 de la LSV o, alternativamente, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción
tengan su domicilio los interesados o se halle la sede del Órgano que dictó el acto
impugnado, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente a aquel
en que se entienda que la notificación ha sido practicada.
Los correspondientes expedientes obran en el Departamento de Sanciones del
Servicio Provincial de Gestión, Inspección y Recaudación de la Diputación Provincial de
Castellón, sito en Avda. Vall d'Uxo, 25 12004-CASTELLÓN DE LA PLANA (Tfnos:
964359962 y 964359751), al que también se pueden dirigir los escritos interponiendo
recurso de reposición.
De no hacerse efectivo el importe de la multa dentro de los quince días naturales
siguientes a aquel en que la notificación de la resolución se entienda practicada, se
procederá a su exacción por vía ejecutiva con exigencia de los correspondientes
recargos e intereses, de acuerdo con el art. 110 de la LSV.
Castellón de la Plana, 18 de junio de 2025.- José Antonio Ramón Morraja - Jefe de
Negociado Procesos Masivos
cve: BOE-N-2025-2780dee187df6cb43c80242c14620f0b44297ef4
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓ/CASTELLÓN
GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN. Anuncio de notificación de 18 de junio de
2025 en procedimientos Resoluciones de sanciones.
ID: N2500455605
EDICTO de la Diputación Provincial de Castellón por el que se notifican resoluciones
de expedientes sancionadores.
SERVICIO DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90, 91 y 92 del Texto Refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en adelante LSV, se hace pública
notificación a las personas o entidades que a continuación se relaciona de las
resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia de tráfico y
seguridad vial que se indica ya que, habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido o en la dirección electrónica vial que en su caso tuviesen asignada,
ésta no se ha podido practicar.
Transcurrido el período de veinte días naturales desde que la notificación se hubiese
publicado en el BOE se entenderá que ésta ha sido practicada, dándose por cumplido
dicho trámite.
CONTRA estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con lo dicho en el párrafo
anterior, se entienda que la notificación ha sido practicada, ante el Alcalde del municipio
donde se cometió la infracción o Concejal en quien delegue, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 96.2 de la LSV o, alternativamente, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción
tengan su domicilio los interesados o se halle la sede del Órgano que dictó el acto
impugnado, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente a aquel
en que se entienda que la notificación ha sido practicada.
Los correspondientes expedientes obran en el Departamento de Sanciones del
Servicio Provincial de Gestión, Inspección y Recaudación de la Diputación Provincial de
Castellón, sito en Avda. Vall d'Uxo, 25 12004-CASTELLÓN DE LA PLANA (Tfnos:
964359962 y 964359751), al que también se pueden dirigir los escritos interponiendo
recurso de reposición.
De no hacerse efectivo el importe de la multa dentro de los quince días naturales
siguientes a aquel en que la notificación de la resolución se entienda practicada, se
procederá a su exacción por vía ejecutiva con exigencia de los correspondientes
recargos e intereses, de acuerdo con el art. 110 de la LSV.
Castellón de la Plana, 18 de junio de 2025.- José Antonio Ramón Morraja - Jefe de
Negociado Procesos Masivos
cve: BOE-N-2025-2780dee187df6cb43c80242c14620f0b44297ef4
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150