Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Barcelona. (BOE-N-2025-450104)
DISTRITO DE SANT ANDREU. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento de infravivienda.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
DISTRITO DE SANT ANDREU. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en
procedimiento de infravivienda.
ID: N2500456466
Desde el Departamento de Servicios Jurídicos-Secretaría del Distrito Municipal de
Sant Andreu, se sigue el expediente de infravivienda con número 09-LH-005-2025 en
relación con el inmueble municipal ubicado en la calle Turó de la Trinitat, 79, de
Barcelona.
En relación con los ocupantes del inmueble de referencia, y dada la posibilidad de
eventuales ocupantes que no hayan podido ser notificados de la resolución de la gerente
de fecha 4 de junio de 2025, de conformidad con lo establecido en el art. 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, se practica la notificación de la resolución, del siguiente literal:
La Gerente del Distrito de Sant Andreu, en fecha 4 de junio de 2025, atendidas las
atribuciones que le confiere la Alcaldía por el Decreto de 20 de junio de 2023, en relación
con el decreto del 6 de marzo del mismo mes y año, ha resuelto:
- DECLARAR INFRAVIVIENDA el inmueble situado en la calle Turó de la Trinitat 79,
bajos, de esta ciudad, y prohibir su utilización como vivienda, de acuerdo con los
artículos 41.2 y 44.3 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre del derecho a la vivienda.
- ORDENAR a los eventuales ocupantes del inmueble situado en la calle Turó de la
Trinitat 79, bajos de esta ciudad, el desalojo en el plazo de 48 horas desde la notificación
de la resolución, por la existencia de graves carencias en materia de seguridad y
salubridad, así como por los motivos que figuran en el informe de fecha 17 de marzo de
2025, de acuerdo con el artículo 111.1 de la Ley 18/2007. Advirtiendo que, en caso de
negativa a desalojar el local, se procederá a solicitar la autorización de entrada en
domicilio a la Autoridad Judicial.
- APLICAR a los ocupantes sin título legítimo el protocolo de asistencia para
personas sintecho de los servicios municipales, prestar la atención de emergencia social
e identificar los posibles derechos que los desalojados ostenten respecto de la ocupación
de la finca referenciada para considerar y hacer efectivos los posibles derechos al
acceso a los inmuebles.
- ORDENAR a los propietarios del inmueble, que, una vez desalojados los
ocupantes, adopten las medidas necesarias para impedir el acceso a este, y procedan a
ejecutar las obras necesarias para garantizar la seguridad de terceros. En caso de
incumplimiento se podrá proceder a la ejecución subsidiaria, como medio de ejecución
forzosa de la orden señalada, de acuerdo con los artículos 99, 100 y 102 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
- NOTIFICAR a la propiedad y a los ocupantes del inmueble la presente resolución.
cve: BOE-N-2025-9d36fe67b0d3c91091387338b83958e5accbcb00
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
DISTRITO DE SANT ANDREU. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en
procedimiento de infravivienda.
ID: N2500456466
Desde el Departamento de Servicios Jurídicos-Secretaría del Distrito Municipal de
Sant Andreu, se sigue el expediente de infravivienda con número 09-LH-005-2025 en
relación con el inmueble municipal ubicado en la calle Turó de la Trinitat, 79, de
Barcelona.
En relación con los ocupantes del inmueble de referencia, y dada la posibilidad de
eventuales ocupantes que no hayan podido ser notificados de la resolución de la gerente
de fecha 4 de junio de 2025, de conformidad con lo establecido en el art. 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, se practica la notificación de la resolución, del siguiente literal:
La Gerente del Distrito de Sant Andreu, en fecha 4 de junio de 2025, atendidas las
atribuciones que le confiere la Alcaldía por el Decreto de 20 de junio de 2023, en relación
con el decreto del 6 de marzo del mismo mes y año, ha resuelto:
- DECLARAR INFRAVIVIENDA el inmueble situado en la calle Turó de la Trinitat 79,
bajos, de esta ciudad, y prohibir su utilización como vivienda, de acuerdo con los
artículos 41.2 y 44.3 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre del derecho a la vivienda.
- ORDENAR a los eventuales ocupantes del inmueble situado en la calle Turó de la
Trinitat 79, bajos de esta ciudad, el desalojo en el plazo de 48 horas desde la notificación
de la resolución, por la existencia de graves carencias en materia de seguridad y
salubridad, así como por los motivos que figuran en el informe de fecha 17 de marzo de
2025, de acuerdo con el artículo 111.1 de la Ley 18/2007. Advirtiendo que, en caso de
negativa a desalojar el local, se procederá a solicitar la autorización de entrada en
domicilio a la Autoridad Judicial.
- APLICAR a los ocupantes sin título legítimo el protocolo de asistencia para
personas sintecho de los servicios municipales, prestar la atención de emergencia social
e identificar los posibles derechos que los desalojados ostenten respecto de la ocupación
de la finca referenciada para considerar y hacer efectivos los posibles derechos al
acceso a los inmuebles.
- ORDENAR a los propietarios del inmueble, que, una vez desalojados los
ocupantes, adopten las medidas necesarias para impedir el acceso a este, y procedan a
ejecutar las obras necesarias para garantizar la seguridad de terceros. En caso de
incumplimiento se podrá proceder a la ejecución subsidiaria, como medio de ejecución
forzosa de la orden señalada, de acuerdo con los artículos 99, 100 y 102 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
- NOTIFICAR a la propiedad y a los ocupantes del inmueble la presente resolución.
cve: BOE-N-2025-9d36fe67b0d3c91091387338b83958e5accbcb00
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150