Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Madrid. (BOE-N-2025-450585)
DIRECCIÓN GENERAL DE LA EDIFICACIÓN. Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento de control del deber de conservación de los edificios. Ejecución subsidiaria sin avance de presupuesto, en la finca de la calle de Fernández Silvestre, 5.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
DIRECCIÓN GENERAL DE LA EDIFICACIÓN. Anuncio de notificación de 18 de junio de
2025 en procedimiento de control del deber de conservación de los edificios. Ejecución
subsidiaria sin avance de presupuesto, en la finca de la calle de Fernández Silvestre, 5.
ID: N2500455934

Vistas las actuaciones practicadas en el presente expediente y habiéndose intentado
sin efecto la notificación personal, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas se procede a la notificación por medio del presente anuncio a CIF G37244191,
pudiendo consultar el expediente en la Unidad Técnica Jurídica I del departamento
Jurídico de Control Estructural de la Edificación, situada en calle de la Ribera del Sena,
21 – 28042 de Madrid, para lo que deberá solicitar cita previa en los números de teléfono
(915 888 467 – 914 800 084)
Expediente: 711/2023/08361
Trámites que se notifican: CALLE DE FERNANDEZ SILVESTRE, 5
Notificación de fecha 23/05/2025 de la jefa del departamento Jurídico de Control
Estructural de la Edificación.
El director general de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio
Ambiente y Movilidad, por su RESOLUCIÓN de fecha 20/05/2025, ha dispuesto lo
siguiente:
PRIMERO.- Declarar incumplido el punto PRIMERO de mi anterior resolución de 13
de noviembre de 2024 en el que se ordenaba:
“PRIMERO.- Ordenar a la propiedad de la finca situada en la calle de FERNANDEZ
SILVESTRE, 5 (28046 Madrid), que, de acuerdo con el Art. 33.1 OCRERE, inicie las
medidas de seguridad para evitar riesgos a las personas y bienes que se encuentran
descritas en el informe técnico emitido por el departamento Técnico de Control
Estructural de la Edificación adscrito al Servicio con la misma denominación, de 01 de
abril de 2024 y que están relacionadas en el ANTECEDENTE QUINTO A),
prescindiéndose del trámite de audiencia en aplicación de lo dispuesto en el artículo 33.3
de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones
de 30 de noviembre de 2011 (en adelante OCRERE) y por la justificación señalada en el
FUNDAMENTO DE DERECHO VIII, ya que no resulta conveniente para el interés
público demorar la adopción de las medidas de seguridad. Dichas medidas de seguridad
deberán ser adoptadas en los plazos establecidos y según la documentación que deberá
ser presentada, con la advertencia, en el supuesto de que se produzca un
incumplimiento de lo ordenado, se adoptarán las medidas de seguridad, en ejercicio de
la ejecución subsidiaria que se llevará a efecto, bajo dirección facultativa de los técnicos
municipales adscritos al servicio de Control Estructural de la Edificación, según lo
previsto en los artículos 100 y 102 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC), y el artículo
54 y siguientes OCRERE. Asimismo, la falta de presentación de la documentación

cve: BOE-N-2025-679abc490782967cb4f1f83a64c3490e2fa20f18
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 150