Estado. Ministerio De Transportes Y Movilidad Sostenible. Secretaría De Estado De Transportes Y Movilidad Sostenible. (BOE-N-2025-449377)
AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA. Anuncio de notificación de 17 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ESTADO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA. Anuncio de notificación de 17 de junio de
2025 en procedimientos sancionadores.
ID: N2500453846

Intentada la notificación de la resolución de procedimiento sancionador instado a la
persona que se reseñan a continuación por infracción del Texto Refundido de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2011, de 5 de septiembre y, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Pública –en adelante LPACAP-, se hace público el presente anuncio en
el Boletín Oficial del Estado, significando que no conteniendo el texto íntegro del
acuerdo, en virtud de la cautela prevista en el artículo 46 LPACAP, sirva de notificación a
los interesados para que puedan personarse y tomar vista de los expedientes completos
en las Oficinas de la Autoridad Portuaria (Avenida del Muelle del Turia s/n, Valencia) en
horario comprendido entre las 8.00 y las 14.30 horas, a los que se comunica lo siguiente:
Que la Presidenta de la Autoridad Portuaria de Valencia, en virtud de las
competencias delegadas por el Consejo de Administración (BOE nº 57, de 5 de marzo de
2024) ha dictado resolución de los procedimientos que se señalan a continuación.
Que contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
de acuerdo con lo establecido en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso
potestativo de reposición ante el órgano que dictó la misma en el plazo de un (1) mes a
contar desde el siguiente al de la publicación del presente en el boletín oficial, o
directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo
de dos (2) meses.
Que de acuerdo con el artículo 90.3 de la citada Ley 39/2015, la resolución será
ejecutiva cuando no quepa contra ella ningún recurso ordinario en vía administrativa. En
tal caso, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria el importe de la sanción deberá ser ingresado en los plazos
y forma siguientes:
Forma: Únicamente podrá realizarse mediante transferencia bancaria a favor de la
AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA, en cualquiera de las oficinas de la citada
Entidad, según datos que constan a continuación e indicando necesariamente en el
campo de observaciones, el nº de Expediente Sancionador al que corresponda.
ENTIDAD: BANCO SANTANDER
CODIGO IBAN DE CUENTA: ES65 0049 1827 8124 1039 0652
CODIGO BIC: BSCHESMM
Plazo: Si la notificación de la liquidación se realiza entre el día 1 y el 15, el plazo de
pago es entre el día en que se ha realizado la notificación y el día 20 del mes posterior y,

cve: BOE-N-2025-4bb7641f7307988c40293e10f5b9dabbfc17b311
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 150