Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Móstoles. (BOE-N-2025-450598)
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimientos de notificaciones de denuncia en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimientos de notificaciones de
denuncia en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
ID: N2500456031

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación
con lo igualmente establecido en esta materia por los artículos 90 y 91 del Texto
Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en
adelante TRLSV, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre; se
hace pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores, instruidos
por el Ayuntamiento de Móstoles, a las personas o entidades que a continuación se
relacionan, ya que bien por haber resultado éstas desconocidas, o ignorado el lugar de
notificación, bien por el hecho de haberse intentado la misma en su último domicilio
conocido, aquella no se ha podido practicar.
Plazo de comparecencia. Transcurrido el período de 20 días naturales desde que la
notificación se hubiese publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se entenderá
que ésta ha sido practicada, dándose por cumplido dicho trámite.
Lugar de comparecencia. En las dependencias de la Unidad Administrativa de
Sanciones del Ayuntamiento de Móstoles, ubicadas en Plaza de España, 1 (planta baja)
Móstoles, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes (excepto festivos).
Identificación del infractor. Si usted no es responsable de la infracción, se le requiere
para que comunique en el plazo de veinte días naturales siguientes a esta notificación, la
identificación del conductor y su domicilio completo, indicando el número del permiso de
conducción que permita su identificación en el Registro de Conductores e Infractores
(art. 11 del TRLSV); no obstante si éste no figura en el Registro de Conductores de la
Jefatura Central de Tráfico, deberá aportar copia de la autorización administrativa que le
habilite a conducir en España. Se advierte que la omisión o error de cualquiera de los
datos requeridos, por ser todos imprescindibles para la inequívoca identificación del
conductor, motivará la exigencia de la responsabilidad que, por incumplimiento, atribuye
al responsable del vehículo el artículo 77 j) y 80-2 b) de la LTCVMSV.
Conformidad con la denuncia. El importe de la multa podrá hacerse efectivo con una
reducción del 50% durante los 20 días naturales siguientes a ésta notificación, en las
entidades colaboradoras. De abonar con reducción del 50%, se tendrá por concluido el
procedimiento sancionador sin necesidad de dictar resolución expresa, con las
consecuencias del artículo 94 del TRLSV: La renuncia a formular alegaciones o recurso
de reposición y la finalización de la vía administrativa resultando firme la sanción, siendo
recurrible únicamente ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses desde la fecha de pago. Excepción: No podrán acogerse al pago con
descuento las infracciones indicadas en el artículo 77 h), j), n), ñ), o), p), q) y r) del
TRLSV.

cve: BOE-N-2025-9085f4af9f239040894a544e5c1d0b7b3d4d4243
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Núm. 150